516-1. Alcance.
Esta Sección cubre la
aplicación, regular o frecuente, de líquidos inflamables, líquidos combustibles
y polvos combustibles mediante operaciones de rociado y la aplicación de los
líquidos combustibles e inflamables a temperaturas por encima de su punto de
inflamación, por medio de inmersión, revestimiento u otros medios.
Nota: Para mayor información sobre resguardos con respecto a los
procesos, tales como protección contra incendio, señales de precaución y
mantenimiento ver "Normas para la aplicación de rociado usando Materiales
Inflamables y Combustibles, NFPA 33 - 1985 (ANSI) y Normas de Procesos de
Inmersión y Recubrimiento Usando Líquidos Combustibles o Inflamables, NFPA 34 -
1982 (ANSI)". Para mayor información sobre ventilación, ver "Sistemas
de Ventilación y de Escape, Polvo, Remoción o Transporte de Vapores y
Caudales", NFPA 91 - 1983.
516-2. Clasificación de
lugares.
La clasificación está basada en las cantidades peligrosas de vapores
inflamables, niebla combustible, residuos, polvos o depósitos. Véanse las
Secciones 516-3 (b) y (c) para depósitos y residuos.
a) Lugares Clase I, o Clase II, División 1. Los siguientes espacios se consideran lugares Clase
1, o Clase II, División 1:
1) Los interiores de cabinas
de rociado y sus ductos de escape. Excepto: Lo indicado específicamente en
Sección 516-3(d).
2) El interior de ductos de
expulsión.
3) Cualquier área en el paso
directo de operaciones de rociado.
4) Para operaciones de
inmersión y revestimiento, todo espacio comprendido dentro de un radio de 1.50
m desde la fuente de vapor que se
extiende desde esa superficie hasta el piso.
Se considera como fuente de
vapor:
1) La superficie del
liquido en el proceso, o la superficie mojada del registro de drenaje.
2) Cualquier objeto que
haya sido inmerso o recubierto desde el cual es posible medir a una distancia
de 30 cm en cualquier dirección
concentraciones de vapor que excedan el 25 % del limite inferior de
inflamabilidad.
5) Los fosos comprendidos
dentro de una distancia de 8 m medida horizontalmente de la fuente de
vapor. Si éstos están en el área
clasificada y se extienden más allá de 8 m, el área Clase I, División 1 debe
incluir el foso completo a menos que se provea una interrupción para el vapor.
6) El interior de las casetas
de procesos de recubrimiento que no sean por inmersión.
b) Lugares Clase I, o Clase II, División 2. Los siguientes espacios serán considerados lugares
Clase I o Clase II, División 2:
1) Para lugares abiertos de rociado intensiva, todo el espacio
circundante y comprendido dentro de una distancia de 6 m medidos
horizontalmente y 3 m medidos verticalmente desde el lugar Clase I, División 1,
como esta definido en la Sección 516-2(a) y no separado de éste mediante una
pared divisoria. Ver figura 1.
2) Para operaciones de rociado realizados dentro de una cabina con
techo cerrado y frente o cara abiertos.
El espacio mostrado en la figura 2 y el espacio dentro de 1 m en todas
direcciones a partir de las aberturas que no sean el frente o cara
abiertos. Los lugares Clase I o Clase
II, División 2 mostrados en la figura 2 se extenderán desde el frente o cara
abiertos de la cabina de rociado de acuerdo con la siguiente:
a) Si el sistema de
ventilación está interconectado con el equipo de rociado de tal manera que éste
se mantenga in-operante cuando el sistema de ventilación no está funcionando,
el espacio se extiende a 1.50 m desde el frente o cara abiertos de la cabina de
rociado y también como lo muestra de otra forma la figura 2 A.
b) Si el sistema de
ventilación no esta interconectado con el equipo de rociado de tal manera que
éste se mantenga inoperante cuando el sistema de ventilación no está
funcionando, el espacio se extiende a 3 m desde el frente o cara abiertos de la
cabina de rociado y también como lo muestra de otra forma la figura 2 B.
3) Para operaciones de rociado llevadas a cabo dentro de una cabina de
rociado con el techo abierto, el espacio de 1 m de radio sobre la cabina y
otras aberturas de la cabina se considerarán Clase I o Clase II, División 2.
4) Para operaciones de rociado confinadas a una
cabina de rociado cerrada, el espacio
dentro de 1 m en todas direcciones desde cualquier abertura en la cabina de
rociado se considera Clase I o Clase II, División 2 como lo muestra la Figura
3.
5) Para tanques de inmersión y drenajes y para
operaciones peligrosas, todo el espacio más allá de los limites para Clase I,
División 1 y dentro de un radio de 1 m de la fuente de vapor definida en la
Sección 516-2 (a)(4), como lo muestra la Figura 4.
6) Para tanques de inmersión y drenajes, el espacio
de 1 m arriba del piso y una extensión de 6 m medidos horizontalmente en todas
las direcciones de lugares Clase I, División 1.
Excepción. Este espacio no es
necesario considerarlo como lugar peligroso cuando la fuente de vapor tiene un
área de 0.5 m2 ó menos y cuando el contenido del tanque abierto o el
contenedor no exceda de 20 lts. Además
la concentración de vapor durante la operación y paro no debe exceder del 25%
del limite inferior de la inflamabilidad, tal como se menciona en el lugar
especificado de Clase I en la Sección 516-2 (a)(4) mencionados anteriormente.
c) Casetas cerradas de recubrimiento y operaciones de inmersión. El
espacio adyacente a casetas cerradas de recubrimiento y operaciones de
inmersión debe considerarse no clasificado.
Excepción.
El espacio dentro de 1 m en todas las direcciones desde cualquier
abertura en la cubierta debe clasificarse como Clase I, División 2.
Figura 4.
Extensión de lugares peligrosos (clasificados) para procesos de inmersión
abierta, Clase I, Divisón I, División 2
d) Lugares adyacentes. Los lugares adyacentes que están separados de los lugares definidos
como Clase I o Clase II por una pared divisoria sin orificios de comunicación y
dentro de los cuales no haya probabilidad de que se liberen vapores peligrosos
o polvos combustibles, serán clasificados como no peligrosos.
e) Lugares no peligrosos. Los lugares donde se encuentren aparatos de secado, curado o fusión
provistos con ventilación mecánica positiva adecuada para prevenir la formación
de concentraciones de vapores, y provistos de interconexiones para desenergizar
todo el equipo eléctrico (diferente del certificado para lugares Clase I) en
caso de que el equipo de ventilación no funcione, pueden ser clasificados como
no peligrosos cuando la autoridad competente así lo juzgue.
516-3.
Alambrado y equipo en lugares Clase I.
a) Vapores. Todo el equipo y alambrado
eléctrico dentro de un lugar Clase I (que contenga sólo vapor y no residuos)
definido en la Sección 516-2 debe cumplir con las disposiciones pertinentes del
Articulo 501.
b) Vapores y residuos. A menos que estén certificados para lugares donde se encuentren
depósitos fácilmente combustibles o vapores inflamables, ningún equipo
eléctrico debe instalarse o usarse donde pueda estar sujeto a acumulaciones
peligrosas de depósitos o residuos fácilmente combustibles, ya que la
posibilidad de calentamiento encendido espontáneo de algunos residuos puede
aumentar sobremanera a temperaturas por encima de la normal. Cable tipo MI,
tubo metálico del tipo pesado, cajas o accesorios que no contengan derivaciones,
empalmes o terminales se permiten instalar en tales lugares.
c) Iluminación. La iluminación de áreas
fácilmente inflamables a través de paneles de vidrio u otro material
transparente o translúcido se permite únicamente si cumple las siguientes
condiciones: (1) son usadas unidades fijas de alumbrado como fuente de
iluminación, (2) el panel aísla efectivamente el lugar Clase I del área en la
cual la unidad de alumbrado está localizada, (3) la unidad de alumbrado está
certificada para este lugar especifico, (4) el panel es de un material o está
protegido de tal forma que no hay probabilidad de que se rompa, y (5) el
arreglo es tal que las acumulaciones normales de residuos peligrosos sobre la
superficie del panel no alcanzarán temperaturas peligrosas por radiación o
conducción de la fuente de iluminación.
d) Equipos portátiles. No se usarán lámparas eléctricas u otros equipos de utilización en
áreas de rociado durante operaciones de rociado.
Excepción No.
1. Cuando se requieran lámparas portátiles eléctricas para operaciones en
espacios que no estén fácilmente iluminados por alumbrado fijo dentro del área
de rociado, serán del tipo certificado para lugares Clase I, División 1, en que
puede haber residuos fácilmente inflamables.
Excepción No.
2. Cuando se usen aparatos de secado eléctrico y portátiles en cabinas de
rociado para acabado de automóviles y se reúnan los siguientes requisitos: (1)
el aparato y sus conexiones eléctricas no están localizados en el recinto de
rociado durante operaciones de rociado, (2) el equipo eléctrico a una distancia
de 50 cm del piso esta certificado para lugares Clase I, División 2, (3) todas
las partes metálicas del aparato de secado están eléctricamente puenteados y
puestas a tierra, y (4) se deben proveer interconexiones para evitar el uso del
equipo de rociado mientras el aparato de secado está dentro del recinto de
rociado, y permitir una limpieza de 3 minutos del recinto antes de energizar el
aparato de secado y apagarlo en caso de falla del sistema de ventilación.
e) Equipos electrostáticos. Los equipos
de rociado electrostáticos o de escurrimiento deben instalarse y usarse
únicamente como se indica en la Sección 516-4.
516-4.
Equipos electrostáticos fijos.
Esta Sección se aplica a cualquier equipo que use
elementos cargados electrostáticamente para la atomización, carga y/o
precipitación de materiales peligrosos para recubrimientos sobre artículos o
para otros propósitos similares en los cuales el dispositivo de carga atomizado
está unido a un soporte mecánico o manipulado. Esto incluye dispositivos
robóticos, esta sección no aplica a dispositivos que estén sostenidos o
manipulados manualmente. En donde los procedimientos robóticos programados
involucre manejo manual del brazo del robot mientras rocíe. La instalación de
equipo de rociado electrostático deberá cumplir con (a) hasta i)
siguientes. El equipo de rociado deberá
estar aprobado. Todo el sistema del equipo automático electrostático deberá
cumplir con (a) hasta (i) siguientes.
a) Equipos de fuerza y control. Los
transformadores, aparatos de control y todas las demos partes eléctricas del
equipo se instalan fuera del lugar Clase I, como se define en la Sección 516-2,
o deben ser de un tipo certificado para el lugar.
b) Equipo electrostático. Los
electrodos y las pistolas de rociado electrostático deben estar: (1)
localizados en áreas apropiadas provistas de ventilación mecánica adecuada; (2)
soportados adecuadamente en lugares permanentes, (3) efectivamente aislados de
tierra. Los electrodos y las pistolas de
rociado electrostático que están permanentemente sujetos a sus bases soportes
o mecanismos de vaivén o robots se consideran que cumplen con esta Sección.
c) Soporte de piezas. Las piezas que son recubiertas usando este proceso, son colocadas en
transportadores o colgadores. Los
transportadores o colgadores deben disponerse de tal forma que: (1) Se asegura
que las partes que son recubiertas están eléctricamente conectadas a tierra con
una resistencia de aislamiento a tierra de 1 mega ohm o menos y (2) Se previene
que las partes se balanceen.
d) Controles automáticos. Los aparatos electrostáticos deben equiparse con medios automáticos,
que desenergizan rápidamente los elementos de alta tensión bajo cualquiera de
las siguientes condiciones: (1) paro de los ventiladores o falla del equipo de
ventilación por cualquier causa, (2) paro del transportador que lleva las
piezas a través del campo de alta tensión, a menos que sea requerido por el
mismo proceso, rociado, (3) que ocurra un contacto a tierra o una excesiva fuga
de corriente en cualquier punto de sistemas de alta tensión, (4)
desenergización de la tensión del primario.
e) Puesta a tierra.
Todos los objetos conductores de electricidad dentro
de la influencia de carga de los electrodos, excepto aquellos en los que el
proceso requiere que estén a alta tensión, deben estar adecuadamente puestos a
tierra. Este requisito se aplica a los
recipientes de pintura, latas de limpieza, guardas y cualquier otro objeto o
dispositivo conductor de electricidad que se encuentre en el área. El equipo debe llevar una advertencia
permanente y notoria indicando la necesidad de que estos objetos se conecten a
tierra.
f) Aislamiento.
Se deben colocar protecciones, tales como cabinas
adecuadas, cercas, barandales u otros medios, alrededor del equipo, de tal
manera que éstas, ya sea por su ubicación o carácter o por ambas cosas,
aseguran que se mantiene un aislamiento seguro entre el proceso y los depósitos
de la planta o del personal.
g) Señales. Las señales deben estar en carteles claros y
visibles para:
1) Designar la zona de proceso como peligrosa con
peligro de fuego y accidente.
2) Identificar los requisitos de puesta a tierra
para todos los objetos conductores en el área de rociado.
3) Restringir el acceso únicamente a personal
calificado.
h) Aisladores.
Todos los aisladores deben estar limpios y secos.
i) Otros equipos que no sean incendiarios. El equipo de rociado que no puede ser clasificado como no incendiario
debe cumplir con los incisos 1 y 2 siguientes.
1) Los
transportadores y colgadores deben arreglarse para mantener una distancia de
seguridad al menos de 2 veces la distancia que guardan las piezas que van a ser
pintadas y los electrodos, las boquillas de atomización electrostática o
conductores cargados. Esta distancia de
seguridad debe ser marcada por medio de una señal.
2) El equipo
debe estar provisto con un medio automático para desenergizar rápidamente los
elementos de alta tensión, en el caso de que la distancia entre las piezas que
sean pintadas y los electrodos o las cabezas de atomizadores electrostáticos
sea menor a lo que se especifica en el párrafo (1) anterior.
516-5. Equipo
manual de rociado electrostático.
Esta Sección se aplica a cualquier equipo que use elementos
cargados electrostáticamente para la atomización, carga y/o precipitación de
materiales para recubrimiento de artículos o para otros propósitos similares,
en los cuales el dispositivo de atomizado es sostenido con la mano o manipulado
durante la operación de rociado.
Los equipos
manuales electrostáticos para rociado y los dispositivos usados para pintar por
rociado, deben ser del tipo certificado y cumplir con los puntos (a) hasta (e)
indicados a continuación:
a) Disposiciones generales. Los circuitos de alta tensión deben diseñarse de tal manera que no
produzcan chispas de suficiente intensidad para encender la mezcla aire-vapor,
más susceptible de ser encendida, de todas las que es probable encontrar, ni
que representen un peligro de choque eléctrico al ponerse en contacto con un
objeto puesto a tierra bajo todas las condiciones de operación. Los elementos descubiertos de la pistola
rociadora, cargados electrostáticamente, se deben energizar únicamente mediante
un dispositivo que también controle el material de revestimiento.
b) Equipo de potencia. Los transformadores, equipos de fuerza, aparatos de control y todas
las demos partes eléctricas del equipo, deben localizarse fuera del lugar Clase
I o estar certificados para el lugar.
Excepción. La
pistola rociadora en si misma y sus conexiones a la fuente de alimentación se
permiten dentro del lugar Clase I.
c) El mango. El mango de la pistola
rociadora debe conectarse eléctricamente a tierra mediante una conexión
metálica construida de tal manera que el operador, en posición normal de
operación esta en estrecho contacto eléctrico con el mango aterrizado a fin de
evitar cargas estáticas en el cuerpo del operador.
Se colocarán letreros muy visibles donde se indiquen
que todas las personas que entren en el área de rociado deben estar puestas a
tierra.
d) Equipo electrostático. Todos los
objetos conductores de electricidad ubicados en el área de rociado deben
conectarse adecuadamente a tierra. Este requisito se aplica a los recipientes
de pintura, envases de lavado y cualquier otro objeto o dispositivo conductor
de electricidad en el área. El equipo
debe llevar una advertencia visible, instalada permanentemente, indicando la
necesidad de puesta a tierra antes mencionada.
e) Soportes de objetos. Los objetos
que estén siendo pintados deben mantenerse en contacto metálico con el
transportador u otro soporte puesto a tierra.
Los ganchos de fijación deben limpiarse regularmente para asegurar este
contacto y las áreas de contacto deben ser puntos o bordes afilados, cuando sea
posible.
Los puntos de soporte de los objetos deben estar,
cuando sea posible, fuera del alcance de un rociado inadvertido; cuando los
objetos que estén siendo rociados son soportados desde un transportador, el
punto de fijación al transportador debe colocarse de tal manera que no recoja
materiales rociados durante operaciones normales.
516-6.
Revestimiento con polvo. Esta Sección se aplica a los procesos en los cuales
son aplicados polvos secos combustibles.
Los peligros asociados con los polvos combustibles están presentes en
un proceso de este tipo hasta cierto grado, dependiendo de la composición
química del material, tamaño de la partícula, forma y distribución.
Nota: Los peligros asociados con polvos combustibles
son inherentes a este proceso.
En general, el grado de peligro de los polvos
empleados depende de la composición química del material, tamaño de la
partícula, forma y distribución.
a) Equipo eléctrico y fuentes de ignición. El equipo
eléctrico y otras fuentes de ignición deben cumplir con los requisitos del
Articulo 502. Las lámparas eléctricas
portátiles y otros equipos relacionados no deben usarse dentro de un lugar
Clase II durante los procesos de acabado.
Cuando se usan tales lámparas o equipos durante operaciones de limpieza
o reparación, deben ser de un tipo certificado para lugares Clase II, División
1, y todas las partes metálicas descubiertas deben estar efectivamente puestas
a tierra.
Excepción.
Cuando se requieren lámparas eléctricas portátiles para operaciones en
espacios que no esté bien iluminados por alumbrado fijo dentro del área de
rociado, deben ser del tipo certificado para lugares Clase II, División 1, en
que pueda haber residuos inflamables.
b) Equipos electrostáticos fijos de rociado. Las
estipulaciones de la Sección 516-4 y de (a) anterior deben aplicarse a los
equipos electrostáticos fijos de rociado.
c) Equipos electrostáticos manuales de rociado. Las
estipulaciones de la Sección 516-5 y de (a) anterior deben aplicarse al equipo
electrostático de rociado.
d) Lechos fluidizados electrostáticamente. Los lechos
fluidizados electrostáticamente y el equipo asociado deben ser del tipo
certificado. Los circuitos de alta
tensión deben diseñarse de tal manera que cualquier descarga producida cuando
los electrodos de carga del lecho son acercados o puestos en contacto con un
objeto puesto a tierra, no sea de suficiente intensidad para encender una
mezcla aire-polvo que sea probable encontrar, ni pueda producir un peligro
apreciable de choque eléctrico.
1) Los
transformadores, equipos de fuerza, aparatos de control y todas las demos
partes eléctricas del equipo deben localizarse fuera del área de acabado con
polvo y cumplir con los requisitos de (a) anterior.
Excepción.
Los electrodos de carga y sus conexiones a la fuente de alimentación se
permiten dentro del área de acabado con polvo.
2) Todos los
objetos conductores de electricidad dentro del área de acabado con polvo deben
ponerse a tierra apropiadamente. Los
equipos de acabado con polvo deben llevar un letrero de advertencia que se
destaque, instalado permanentemente, indicando la necesidad de poner a tierra
esos objetos.
3) Los
objetos que están siendo recubiertos deben mantenerse en contacto eléctrico con
el transportador u otro soporte, con la finalidad de asegurar una puesta a
tierra apropiada. Los ganchos de soporte
deben limpiarse regularmente para asegurar un contacto eléctrico efectivo y
las áreas de contacto eléctrico deben ser puntos o bordes afilados, cuando sea
posible.
4) El equipo
eléctrico y los suministros de aire comprimido deben interconectarse con un
sistema de ventilación de tal manera que el equipo no pueda operar a menos que
los ventiladores estén funcionando.
516-7.
Alambrado y equipos por encima de lugares Clase I y Clase II.
a) Alambrado. Todo alambrado fijo por encima
de lugares Clase I y Clase II debe hacerse en canalizaciones metálicas, tubo
rígido no metálico, tubería eléctrica no metálica o con cable de los tipos MI,
TC, SNM o MC. Las canalizaciones para
pisos celulares metálicos se permiten únicamente para alimentar salidas de
cielo raso o extensiones del área por debajo del piso de un lugar Clase I o
Clase II, pero estas canalizaciones no deben tener conexiones que terminen en,
o pasen a través de un lugar Clase I o Clase II por encima del piso, a menos
que tengan los sellos apropiados.
b) Equipo. Los equipos que pueden
producir arcos, chispas o partículas metálicas calientes, tales como lámparas y
portalámparas para alumbrado fijo, cortacorrientes, interruptores, contactos,
motores u otros equipos con contactos de apertura y cierre o deslizantes,
cuando se instalan sobre un lugar Clase I o Clase II, o encima de un lugar
donde se manejan objetos recién acabados, deben ser del tipo totalmente cerrado
o estar construidos de tal manera que se evite el escape de chispas o
partículas metálicas calientes.
516-8. Puesta
a tierra. Todas las canalizaciones metálicas y todas las
partes metálicas que no transporten corriente de equipos portátiles o fijos,
independientemente de la tensión deben conectarse a tierra como indica el
Artículo 250.
ARTICULO
517 - INSTALACIONES EN LUGARES
DE
CUIDADOS DE LA SALUD
A.
General
517-1.
Alcance.
Las previsiones de este Articulo deben aplicarse a
los criterios para la construcción e instalación en áreas de cuidados de la
salud.
Nota 1: Este Artículo no se aplica en instalaciones
veterinarias.
Nota 2: Para información concerniente al criterio en
la ejecución, mantenimiento y pruebas, referirse a los documentos apropiados
para instalaciones en lugares de cuidados de la salud.
517-2.
General. Los requisitos de las partes B y C se aplican no
solamente a edificios con funciones sencillas sino también a aquellos en forma
individual considerando sus respectivas formas de trabajo y que estén dentro de
un edificio de multifunciones (por ejemplo un cuarto de examen de un doctor
localizado dentro de un sanatorio requiere que se apliquen las previsiones de
la sección 517-10).
517-3.
Definiciones.
Fuentes de Energía Alterna: Se permiten uno o más sistemas de generación o de
baterías, con la función de proveer la energía durante la interrupción del
sistema de suministro normal.
Locales para anestesia: Cualquier área en una instalación para el cuidado
de la salud, que ha sido diseñada para ser utilizada para la aplicación de
agentes anestésicos de inhalación flamable o no flamable durante el curso de un
examen o tratamiento incluyendo el uso de tales agentes para tratamientos de
emergencia.
Circuitos derivados críticos: Los circuitos secundarios de un sistema de
emergencia consistente de alimentadores y circuitos derivados suministrando
energía para actividades de iluminación, circuitos especiales de energía, y
receptáculos seleccionados, que sirven en áreas y funcionan en lo relacionado
con el cuidado de los pacientes, y los cuales están conectados a fuentes de
energía alterna por uno o más interruptores de transferencia durante la
interrupción de la fuente normal de energía, deben entenderse como circuitos
derivados críticos.
Equipo Eléctrico de soporte para la vida: Equipo eléctricamente alimentado cuya operación
continua es necesaria para mantener la vida de un paciente.
Sistemas de emergencia: Un sistema constituido por alimentadores y
circuitos derivados que cumplen con los requerimientos del Artículo 700,
destinados a suministrar energía alterna a un número limitado de funciones
consideradas vitales para la protección de la vida y la seguridad del
paciente, con restablecimiento automático de la energía dentro de 10 segundos
después de la interrupción .
Sistemas de equipamiento: Un sistema de alimentadores y circuitos derivados
arreglados para retrasar la conexión automática o manual a las fuentes de
energía alterna y que suministra energía primordialmente a equipos trifásicos.
Sistema eléctrico esencial: Un sistema constituido por fuentes alternas de
energía y todos los sistemas de distribución conectados y equipo auxiliar
destinado para asegurar la continuidad de la energía eléctrica para áreas
especificas y funciones e instalaciones del cuidado de la salud durante la
interrupción de la fuente normal de energía y también destinado para minimizar
disturbios dentro de los sistemas internos de la instalación eléctrica.
Superficies conductoras expuestas: Superficies que son capaces de transportar
corriente eléctrica y las cuales están desprotegidas, no encerradas o no
resguardadas, y que permiten el contacto del personal. La pintura, la galvanización, y
recubrimientos similares, no se consideran aislamientos adecuados, a menos que
sean certificados para ese uso.
Anestésicos inflamables: Gases o vapores tales como el fluroxeno,
ciclopropano éter divinylo, cloruro etílico, éter etílico, y etileno los cuales
pueden formar mezclas flamables o explosivos con el aire, oxígeno o gases
reductores tales como el óxido nitroso.
Areas con anestésicos inflamables: Cualquier área de la instalación que ha sido
diseñada para ser usada en la administración de cualquier agente anestésico
inhalador inflamable, en el curso normal de una evaluación o tratamiento.
Corriente peligrosa: La corriente total que fluye a través de una baja impedancia entre
cualquiera de los conductores aislados y tierra, para un juego dado de
conexiones en un sistema de energía aislado.
Corriente peligrosa de falla: La corriente peligrosa de un sistema aislado con
todos los dispositivos conectados excepto el monitor de la línea de
aislamiento.
Corriente peligrosa del monitor: La corriente peligrosa de la línea de aislamiento
del monitor solamente.
Corriente peligrosa total: La corriente peligrosa de un sistema aislado con
todos los dispositivos conectados a él, incluyendo el monitor de la línea de
aislamiento .
Instalaciones para el cuidado de la salud: Edificios o partes de edificios que contienen pero
no están limitadas a la ocupación para fines tales como: hospitales, casas de
enfermería, instalaciones para el cuidado y custodia residencial, instalaciones
para el cuidado y supervisión, clínicas, oficinas médicas y dentales, e
instalaciones ambulantes para el cuidado de la salud, ya sean fijas o móviles.
Hospital: Un edificio o parte de él usado para el cuidado médico, psiquiátrico,
obstétrico o quirúrgico. Un hospital,
siempre que se use en éste Código deberá incluir hospitales generales, hospitales
mentales, hospitales para tuberculosis, hospitales para niños, y cualquier
instalación en la cual se provea cuidado de pacientes.
Sistemas aislados: Un sistema comprendiendo un transformador de aislamiento o su
equivalente, un monitor de línea aislada, y sus circuitos conductores no
puestos a tierra.
Transformador de aislamiento: Un transformador del tipo multidevanado, con el
devanado primario y secundario físicamente separados, que se acoplan
inductivamente
Circuitos de seguridad vital: Un subsistema del sistema de emergencia, que
consiste de alimentadores y circuitos derivados, los cuales cumplen los
requerimientos del articulo 700 y son usados para proveer necesidades de
energía adecuadas para asegurar la seguridad de los pacientes y del personal,
los cuales se conectan automáticamente a una fuente de energía alterna durante
la interrupción de la fuente de energía normal.
Monitor de línea de aislamiento: Un instrumento de pruebas diseñado para comprobar
continuamente la impedancia balanceada y desbalanceada de cada línea de un
circuito aislado a tierra, y equipado con un circuito de prueba incorporado
para probar la alarma sin incluir la corriente peligrosa de fuga.
(El "monitor indicador de línea de
aislamiento" fue anteriormente conocido como "indicador de contacto a
tierra").
Casa de enfermeras: Un edificio o parte de él usado para hospedaje, junta directiva y
cuidado por enfermeras, en una base de 24 horas, para cuatro o más personas,
quienes debido a incapacidad mental o psíquica, podrían estar imposibilitadas
para proveerse su propia seguridad y necesidades, sin la asistencia de otra
persona.
Las casas de enfermeras, de acuerdo como se usan en
éste Código deben incluir casas de enfermeras y de convalecencia, instalaciones
para enfermeras calificadas, instalaciones de cuidado intermedio y casas para
personas de edad avanzada.
Puestos de enfermeras: Areas destinadas para proveer un centro de actividad para enfermeras
o grupos de enfermeras atendiendo camas de pacientes, donde las llamadas de
los pacientes son recibidas, se envía a las enfermeras para atenderlos, áreas
para notas escritas para las enfermeras, preparación de recetas de pacientes, y
preparación de medicamentos para la distribución de los pacientes. Donde tales actividades se llevan a cabo en
más de un lugar dentro de una unidad de enfermeras, todas esas áreas separadas
son consideradas como una parte de el puesto de enfermeras.
Areas para el cuidado de pacientes: Areas de una instalación para el cuidado de la
salud en la cual el cuidado de los pacientes es administrado y clasificado como
una área de cuidado general, área de cuidado crítico, y lugares con
humedad. Es la responsabilidad del
cuerpo de administración de la instalación, designar estas áreas de acuerdo con
el tipo de cuidado del paciente y con las siguientes definiciones de los tres
tipos de áreas.
1) Areas de
cuidado general son las de recámaras para pacientes, cuartos para auscultación,
cuartos para tratamientos clínicos, y áreas similares en los cuales se pretende
que el paciente debe estar en contacto con dispositivos ordinarios tales como
un sistema de llamado a enfermeras, camas eléctricas, lámparas de auscultacíon,
teléfonos, y dispositivos de mantenimiento.
En tales áreas, puede ser también necesario que los pacientes se
conecten a dispositivos electromédicos (tal como termocobertores,
electrocardiografos, bombas de drene, monitores, otoscopios, oftalmoscopios,
líneas intravenosas periféricas, etc.).
2) Areas de
cuidado critico son aquellas unidades de cuidado especial como: Unidades de
cuidado intensivo, unidades de cuidado de las coronarias, laboratorios de
angiografia, laboratorios de caterización cardíaca, cuartos de expulsión,
cuartos de operaciones, y áreas similares en las cuales los pacientes son
sujetos a procedimientos intensivos y conectados a dispositivos
electromédicos.
3) Lugares
húmedos son aquellas áreas de cuidado de pacientes que estén normalmente
sujetas a condiciones de humedad, incluyendo agua estancada en el piso o áreas
mojadas o empapadas en forma rutinaria.
Puntos de aterrizamiento para equipo de pacientes: un contacto o barra terminal, el cual está
destinado como punto colector para puesta a tierra redundante de dispositivos
eléctricos, sirviendo en la vecindad de un paciente, o para aterrizar otros
dispositivos, con objeto de eliminar problemas de interferencia
electromagnética.
Vecindad de un paciente: Area destinada normalmente para el cuidado de
pacientes, la vecindad de un paciente, es el espacio con superficies las cuales
están en contacto con el paciente o un asistente que puede tocar al
paciente. Típicamente en un cuarto de
paciente, esto encierra un espacio dentro del cuarto al menos de 1.80 m mas
allá del perímetro de la cama en su ubicación normal y extendiéndose verticalmente
a no menos de 2.3 m sobre el piso.
Hospital psiquiátrico: Un edificio usado exclusivamente para el cuidado psiquiátrico, en una
base de 24 horas con 4 ó más pacientes.
Punto de referencia a tierra. La barra a
tierra del tablero de distribución o del equipo del sistema aislado que
suministra energía al área de cuidado del paciente.
Instalaciones de cuidado y custodia residencial: Un edificio o parte de él usado para la atención de
4 o más personas que pueden ser incapaces de su propia preservación debido a
limitaciones físicas o mentales; esto incluye instalaciones tales como casas
para ancianos, enfermería (cuidado para niños menores de 6 años de edad), e
instituciones para el cuidado de retrasados mentales. Instalaciones para cuidados diurnos que no
proporcionan la atención continua de pacientes, no están clasificados como
tales.
Tomacorrientes seleccionados: El número mínimo de tomacorrientes eléctricos para
utilizar equipos normalmente requeridos para tareas locales o para las que generalmente
se usan en el cuidado de los pacientes en caso de emergencia.
Tomacorriente ‘Tipo Hospital´: Es un tomacorriente puesto a tierra y que es
identificado por un punto verde en la parte frontal del mismo, de tal manera
que es fácilmente visible por el personal. La intensión de utilizar este tipo
de tomacorriente es asegurar que al paciente de estado crítico no sean
alcanzados por golpes eléctricos causados por cualquier equipo de emergencia
que se conecte a éste.
Iluminación en lugares de trabajo: Proveer el mínimo de iluminación requerido para
llevar a cabo los trabajos o tareas necesarias en las áreas descritas,
incluyendo acceso de seguridad a equipos y suministros, y acceso a las salidas.
Equipo Terapéutico de alta frecuencia diatermico: Es un equipo terapéutico de calentamiento
dieléctrico y por medio de inducción.
Instalaciones de rayos X (Régimen prolongado): Es el régimen basado en un intervalo de operación
de 5 minutos o más.
Instalaciones de rayos X (Móvil): Un equipo de rayos X, montado sobre una base con
ruedas u otra construcción que le permite ser movido mientras permanece
completamente ensamblado.
Instalaciones de rayos X (Régimen momentáneo): Régimen basado en un intervalo de operación que no
exceda de los 5 segundos.
Instalaciones de rayos X (Portátil): Equipos de rayos X que pueden ser cargados
manualmente por una persona.
Instalaciones de rayos X (Transportable): Equipo de rayos X para ser instalado en un vehículo
o que puede ser desarmado para transportarlo en un vehículo.
B.
Alambrado y protección
517-10.
Aplicabilidad. La parte B debe aplicarse a todos los lugares para
el cuidado de la salud.
Excepción No. 1. La parte B no debe aplicarse para
oficinas de negocios, corredores, salas de espera, oficinas médicas y dentales
e instalaciones para consulta externa.
Excepción No. 2. La parte B no será aplicada a áreas
de camas de residentes, en casas de enfermeras e instalaciones de cuidado
residencial, alambrado de acuerdo con los Capítulos 1 a 4 de éste Código.
Excepción No. 3. La parte B no debe aplicarse a
áreas vacías usadas como casa de enfermeras y es proporcionado como
instalaciones de cuidado residencial.
517-11.
Criterios generales de instalación y construcción. El fin de esta sección es especificar los criterios de instalación y
métodos de alambrado para minimizar los peligros eléctricos por el
mantenimiento de superficies conductoras expuestas que pueden energizarse y en
las cuales el paciente puede tener contacto.
517-12.
Métodos de alambrado. Los métodos de alambrado deben cumplir con los
Capítulos del 1 al 4 de éste Código excepto lo que se menciona en este
artículo.
517-13.
Conexión a tierra de contactos y equipos eléctricos fijos.
a). Areas de cuidado de pacientes. En las áreas usadas para el cuidado de los
pacientes, las terminales de puesta a tierra de todos los tomacorrientes y
todas las superficies no conductoras de corriente de los equipos eléctricos
fijos que pueden estar energizados y sujetos a contacto con personas
funcionando a más de 100V, deberán ser puestos a tierra por un conductor de
cobre aislado. El conductor de puesta a
tierra deberá ser seleccionado de acuerdo con la tabla 250-95 e instalado en
canalizaciones metálicas con los conductores del circuito derivado que
alimentan estos tomacorrientes o equipo fijo.
Excepción No. 1. Donde se usen cables tipo MC, MI, o
AC que tengan un conductor de puesta a tierra aislado, no se requiere
canalización metálica.
Excepción No. 2. Las placas metálicas pueden ser
puestas a tierra por medio de tornillos metálicos, los cuales fijan la placa a
la caja de salida puesta a tierra o a un dispositivo de alambrado puesto a
tierra.
b). Métodos. En adición a los requerimientos de la sección 517-13(a), todos los
circuitos derivados que alimentan las áreas de cuidado de pacientes deben
proveerse de una trayectoria a tierra para corriente de falla por medio de un
sistema de canalización metálica o cable armado. El sistema metálico de canalización o cable
armado o un ensamble debe calificarse como un equipo de retorno de tierra, de
acuerdo con la sección 250-91(b), Los cables tipo MC y MI, deben tener una
armadura exterior de metal o cubierta que esté identificada como un sistema
eficiente de conexión a tierra.
517-14.
Puenteado de tableros de distribución.
La puesta a tierra de las terminales de los equipos
tanto normales como de circuitos esenciales utilizados en la vecindad del
paciente deben ser puenteados con conductores de cobre aislados con sección no
menor de 5.260 mm2. Donde hay
más de dos tableros que sirven al mismo lugar estos conductores deben ser
continuos de un tablero a otro pero se permite que se conecten para terminar en
la barra de tierra en cada tablero.
517-16.
Tomacorrientes con terminal de tierra aislada. Los
tomacorrientes con terminal de tierra aislada, permitidos en la sección
250-74, excepción No. 4, deben ser identificados. Tal identificación debe ser visible después
de su instalación.
Nota: Es
importante tener cuidado al especificar el sistema de contactos con terminal de
tierra aislada, puesto que la impedancia de puesta a tierra es controlada sólo
por medio de conductores con conexión a tierra y no se beneficia funcionalmente
con ningún otro trayecto paralelo con conexión a tierra.
517-17.
Protección contra fallas a tierra:
a) Alimentadores. Cuando los medios de desconexión principal de la acometida están
provistos de protección contra tallas a tierra, se debe proveer por lo menos
una o más etapas de protección hacia la carga en cada uno de los
alimentadores. Tales protecciones están
formadas de dispositivos contra sobrecorriente y transformadores de corriente
u otro equipo de protección equivalente, que provoque la apertura de los
dispositivos de desconexión del alimentador.
b) Selectividad. Las protecciones contra fallas a tierra para la operación de los
medios de desconexión de la acometida y el alimentador deben ser selectivas, de
manera que la falla a tierra abra el dispositivo del alimentador y no el de la
acometida, si la falla está en el lado de la carga del dispositivo del
alimentador. Se debe prever una separación
de 6 ciclos, por lo menos, entre las bandas de desconexiones de la acometida y
de los alimentadores. El tiempo de
funcionamiento de los dispositivos de desconexión debe ser considerado al
determinar la separación entre las dos bandas, para una precisión de 100% de la
selectividad.
Véase la nota de la sección 230-95 para la
transferencia a fuente alterna cuando se utilizan métodos de protección contra
fallas a tierra.
c) Pruebas. Cuando el equipo de protección
de falla a tierra es instalado, debe ser probado para asegurarse que cumple con
el inciso b) de esta sección
517-18. Areas
de Cuidado General.
a) Circuitos localizados en camas de pacientes . Cada cama de paciente debe ser alimentada por al menos
dos circuitos derivados, al menos uno desde el tablero del sistema normal y el
otro del de emergencia. Todos los
circuitos derivados del sistema normal deben originarse del mismo tablero.
Excepción No.
1: Un circuito que alimente solamente a una salida o tomacorriente para un
propósito especial tal como una salida para equipo de rayos X portátil no se
requiere que sea alimentado desde el mismo tablero de distribución.
Excepción No.
2: Clínicas, oficinas médicas o dentales, centros de diagnóstico, psiquiatra,
drogadicción, hospitales de rehabilitación, residencia de custodia deben
seguir cuidadosamente los requerimientos de la sección 517-10.
b) localización de contactos junto a camas. Cada cama de paciente, debe estar provista como
mínimo de cuatro tomacorrientes, ellos deberán ser del tipo sencillo o duplex o
una combinación de éstos. Todos los tomacorrientes deberán ser "tipo
hospital" y asi identificarlos.
Cada tomacorriente debe estar puesto a tierra por
medio de un conductor de cobre aislado, de acuerdo con la tabla No. 250-95.
Excepción No.
1: Los hospitales psiquiátricos, de drogadicción y de rehabilitación deben
reunir los requerimientos de excepción de la sección 5 17- 10.
Excepción No.
2: Los cuartos de seguridad psiquiátrica no requieren salidas de contactos.
Nota : Si no
se ha pensado en el cambio total e inmediatamente de los tomacorrientes
"tipo no hospital", para cuando su uso se vea modificado o se
renueven los tomacorrientes, según sea necesario, se cambiará a "tipo
hospital".
c) Sitio de Pediatría. Los contactos de 15 y 20 A, 120 V que alimentan áreas de pediatría
deben contar con una protección resistente.
Para el propósito de esta sección, un contacto con protección resistente
esta construido de tal forma que evite el fácil acceso a las partes
energizadas.
517-19. Areas
de Cuidado Critico.
a) Localización de circuitos en camas de pacientes. Cada cama de paciente debe tener cuando menos dos
circuitos, uno o más del sistema de emergencia y uno o más de uno del sistema
normal; cuando menos un circuito de emergencia debe estar localizado en el
sitio de la cama. Todos los circuitos
del sistema normal deben estar en un mismo tablero. Los tomacorrientes del sistema de emergencia
deben estar identificados, y también debe indicar el tablero el número de
circuitos de ellos. Un circuito que sirva para un tomacorriente especial o
equipo de áreas de cuidado critico puede ser alimentado por otro tablero.
b) Tomacorrientes localizados en cama de pacientes. Cada zona de cama para paciente, debe estar
provista con un mínimo de seis tomacorrientes, puede ser tipo sencillo o doble,
o una combinación de ellos. Todos los
tomacorrientes deben de ser del tipo "hospital" y estar asi
certificados; cada contacto debe de estar puesto a tierra a un punto de referencia
a tierra por medio de un conductor aislado de cobre.
c) Puesta a tierra en la vecindad de pacientes y puenteado (opcional). Se debe permitir un punto para puesta a tierra en
la vecindad del paciente . Este punto, puede contener uno o más conectores
preparados para ese propósito. Un
conductor de equipo de sección transversal no menor de 5.260 mm2 ,
debe ser utilizado para referir a tierra la terminal de todas las tierras. El conductor a tierra debe permitirse que sea
radial o en anillo según convenga.
Nota: Cuando
no sea posible referir a tierra el equipo directamente, es importante que la
distancia entre la tierra de referencia y la línea de tierra sea lo más corta
posible, para minimizar cualquier diferencia de potencial.
d) Puesta a tierra del tablero. Cuando se tiene un sistema eléctrico de
distribución puesto a tierra, y se usa ya sea canalización metálica o cable
tipo MC o MI la puesta a tierra del tablero o interruptor, debe asegurarse por
una de las siguientes maneras en cada terminación o punto de unión de la
canalización o del cable tipo MC o MI:
1) Un
conector de puesta a tierra y un puente de unión de cobre dimensionado o
firmemente conectado al conector de cobre del tamaño y de acuerdo con la
sección 250-95 con el puente de unión conectado a la unión de la cubierta o a
la barra de tierra del tablero.
2) La
conexión de canalizaciones o de cable tipo MC o MI por medio de terminales
roscadas.
3) Otros
accesorios apropiados tales como puentes de unión o conectores.
e) Técnicas de protección adicional en áreas
criticas (opcional). En sistemas aislados de potencia, se puede
permitir su uso en áreas de cuidado critico, y si se usan los equipos de
sistemas aislados de potencia deben ser certificados para ese propósito, y el
sistema debe ser diseñado e instalado para estar de acuerdo con la sección
517-160.
Excepción: Los indicadores audibles y visibles de la
línea aislada del monitor se permite que se localicen en la estación de
enfermeras del área que sea alimentada.
f) Puesta a tierra del sistema aislado de potencia. Cuando una
fuente de potencia aislada no puesta a tierra sea usada y se limite la primera
falla de corriente a una baja magnitud el conductor de tierra asociado con el
circuito secundario se permite que salga de la canalización de los conductores
de potencia en el mismo circuito.
Nota: Algunas veces es permitido que se lleve el
conductor de tierra fuera de la tubería, si es seguro que los conductores de
potencia sean provistos de una protección de una segunda falla a tierra.
g) Contactos puestos a tierra para un propósito
especial. El conductor puesto a tierra para equipo del
propósito especial tal como la operación de un equipo móvil de rayos X, deberá
estar extendido hasta el punto de referencia a tierra del circuito para todas
las probables localizaciones alimentadas desde el contacto. Cuando este circuito se alimente desde un
sistema con tierra aislada, el conductor de tierra no se requiere que vaya con
los conductores de potencia; ahora bien, la terminal del equipo puesto a tierra
desde un contacto especial para ese propósito, debe estar conectado al punto de
referencia de tierra.
517-20.
Locales Húmedos.
a) Protección. Todos los tomacorriente y equipos fijos dentro del área del local
húmedo deben tener una protección para el personal con interruptor de falla a
tierra, si la interrupción de potencia bajo condiciones de falla puede ser
tolerada o debe ser alimentado por un sistema aislado de energía si tal
interrupción no puede ser tolerada.
Excepción: En
circuitos que alimenten solamente equipos de diagnóstico terapéutico fijo se
puede permitir que sean alimentados desde un servicio puesto a tierra normal,
por un sistema a una o tres fases provisto de:
a) Conductor
de tierra y circuito aislado que no ocupe la misma canalización.
b) Todas las
superficies conductoras del equipo sean puestas a tierra.
c) Cuando se use un sistema aislado de potencia, el
equipo debe estar certificado para ese propósito e instalado de tal manera que
cumpla lo requerido en la sección 517-160.
Nota: Para los requerimientos para la instalación de
albercas terapéuticas vea la parte F del articulo 680.
C.
Sistemas Eléctricos Esenciales
517-25.
Alcance. El sistema eléctrico esencial para estos lugares
comprende un sistema capaz de proveer una cantidad limitada de servicio para
alumbrado y fuerza los cuales son considerados esenciales para la seguridad de
la vida y el cese ordenado de procedimientos cuando el servicio eléctrico en
tiempo normal, por alguna razón, es interrumpido. Esto incluye a clínicas médicas y oficinas
dentales, enfermerías, hospitales y otras clínicas de salud.
517-30.
Sistemas eléctricos esenciales para hospitales.
a) Aplicación. Los requerimientos de la parte C Sección 517-30 hasta 517-35 deben
aplicarse en hospitales en donde es esencial el sistema eléctrico.
b) General.
1).- El sistema eléctrico esencial para hospitales
debe estar compuesto por dos sistemas separados capaces de suministrar una
cantidad limitada del servicio de alumbrado y fuerza considerado esencial para
la vida, segura y efectiva durante el tiempo que el servicio eléctrico normal
es interrumpido por cualquier razón. Estos dos sistemas deben ser, el sistema
de emergencia y el normal.
2).- El sistema de emergencia debe de estar limitado
a circuitos esenciales para la vida y cuidado de pacientes críticos. Estos
están designados como circuitos derivados para la "seguridad de la
vida" y circuitos derivados para la "carga crítica".
3).- El sistema debe suministrar energía al equipo
eléctrico principal para el cuidado del paciente y la operación básica del
hospital.
4).- El número de interruptores de transferencia
usados debe de estar basado en la fiabilidad, diseño y consideraciones de
carga. Cada circuito del sistema eléctrico esencial debe estar alimentado por
uno o más de los interruptores de transferencia mostrado en los diagramas
517-30(1) y 517-30(2). Se permite que un interruptor de transferencia alimente
uno o más circuitos o sistemas con la demanda máxima o el sistema eléctrico
esencial de 150 KVA como se muestra en el diagrama 517-30(3).
c) Requerimientos de alambrado.
1).- Separación de otros circuitos. El circuito
derivado de "seguridad de la vida" y el derivado de "carga
crítica" del sistema de emergencia debe de ser completamente independiente
de cualquier otro alambrado o equipo y no debe de estar en las mismas
canalizaciones, cajas contactos, o gabinetes, excepto lo siguiente:
a)
Interruptores de transferencia.
b) En
lámpara de salidas o de emergencia, alimentadas por dos fuentes.
c) En
cajas comunes de lámparas de salidas o de emergencia alimentadas por dos fuentes.
El alambrado
de los equipos está permitido que ocupe la misma canalización, caja o gabinete
de otros circuitos que no sea parte del sistema de emergencia.
2).- Sistema aislado de potencia. Cuando el sistema
aislado de potencia está instalado en alguna de las áreas dadas en la sección
517-33(a)(1) y (a)(2) cada sistema debe ser alimentado por un circuito
individual sin alimentar otra carga.
3).- Protección mecánica del sistema de
emergencia. El alambrado del sistema de
emergencia para un hospital debe estar protegido mecánicamente por la
instalación de canalización metálica.
Excepción
No. 1: Las alimentaciones con cable flexible u otra alimentación de equipo
conectado al sistema de emergencia no requiere que se encierre en
canalizaciones metálicas.
Excepción No.
2: Los circuitos secundarios de los transformadores de comunicación o de
señalización no se requiere que estén encerrados en canalizaciones según se
especifica en el capitulo 7 u 8.
Excepción No.
3: El Tubo rígido no metálico cédula 80 está permitido excepto para circuitos
derivados de áreas de cuidado de pacientes.
Excepción No.
4: En donde esté empotrado en concreto no menos de 50.8 mm se permite la
utilización de tubo PVC cédula 40 excepto en circuitos derivados de áreas de
cuidado de pacientes.
Nota: Vea la Sección 517-13(b) para requerimientos
de conexión a tierra adicional en áreas de cuidado de pacientes.
d) Capacidad del sistema. El sistema eléctrico esencial debe tener una
capacidad adecuada de la propia demanda para la operación de todas las
funciones y equipos que sean alimentados para cada sistema y derivación.
517-31.
Sistema de emergencia.- Aquellas
funciones de cuidado de pacientes que dependen del alumbrado o aparatos que son
conectados al sistema de emergencia deben estar divididos en dos circuitos
obligatorios: el circuito de " seguridad de la vida" y el circuito de
"carga critica", descrita en la sección 517-32 y 517-33.
Los circuitos derivados del sistema de emergencia
deben de estar instalados y conectados a la fuente alterna de alimentación, de
manera que las funciones aquí especificadas para el sistema de emergencia deben
ser automáticamente restablecidas para operar dentro de 10 segundos después de
la interrupción de la fuente normal.
517-32.
Circuito derivado de seguridad de la vida.
Ninguna otra función que las listadas en los incisos
(a) al (t) deberán estar conectados al circuito derivado de seguridad de
vida. El circuito derivado de seguridad
de vida del sistema de emergencia (deberá alimentar los siguientes conceptos:
alumbrado, tomacorrientes y equipo:
a) Iluminación de los medios de escape. Iluminación de los medios de escape, tales como el
alumbrado requerido para corredores, pasillos, escaleras y acceso a puertas de
salida y todas las vías necesarias para llegar a las salidas. Se permite un arreglo de conmutación para
transferir alumbrado de pasillos de pacientes en los hospitales del circuito
general de iluminación al de iluminación nocturna siempre que solamente uno de
los dos circuitos pueda ser seleccionado y que ambas fuentes de energía no
puedan interrumpirse a la vez.
b) Señalización de salida. Señales de
salida y señales hacia las salidas.
c) Sistema de alarma y alerta. Los sistemas
de alarma y alerta, incluyen:
1) Alarmas de incendio.
2) Dispositivos de alarma eléctrica de flujo de agua
conectados al sistema de rociadores.
3) Dispositivos automáticos de detección de llamas,
humo o productos en combustión.
4) Alarmas requeridas por los sistemas usados en la
tubería de gases medicinales no inflamables.
d) Sistemas de comunicación. Sistemas de
comunicación en hospitales, donde se usan para transmitir instrucciones durante
condiciones de emergencia.
e) Local del grupo generador. Alumbrado
del cargador de baterías para las unidades de alumbrado alimentados por
baterías y tomacorrientes seleccionados en el local del grupo generador.
f) Elevadores. Iluminación de cabinas de
elevadores, sistemas de control, señalizaciones y comunicación.
517-33. Circuito
derivado crítico.
a) Alumbrado del lugar de trabajo y tomacorrientes
seleccionados. El circuito derivado
critico del sistema de emergencia abastecerá energía para el alumbrado del
lugar de trabajo y equipo fijo y circuitos especiales de iluminación y
tomacorrientes seleccionados que sirvan las siguientes áreas y funciones
relacionadas con el cuidado de pacientes.
1) Locales de
anestesia: sólo el alumbrado del lugar de trabajo y todos los contactos equipo fijo.
2) Los
sistemas aislados de energía requeridos en ambientes especiales.
3) Areas de
cuidado para el paciente. Alumbrado del lugar de trabajo y tomacorrientes seleccionados en:
a) Areas
de pediatría.
b) Areas
de preparación médica.
c) Areas
de expendio de medicinas.
d) Areas seleccionadas
en las áreas de recién nacidos.
e) Areas
de camas de psiquiatría (omitir los contactos).
f) Salas
de tratamientos.
g) Puestos
de enfermeras (a menos que están adecuadamente alumbrados por las lámparas de
los corredores).
4) Alumbrado
adicional especializado y contactos en lugares de cuidado de pacientes, donde
se necesiten.
5) Sistema de
"llamada de enfermeras".
6) Banco de
sangre, de hueso y de tejidos.
7) Salas y
armarios para centrales telefónicas.
8)
Iluminación del lugar de trabajo, tomacorrientes y circuitos especiales de
energía para:
a) Camas
de cuidados generales (al menos un tomacorriente duplex por cuarto de
pacientes).
b)
Laboratorios angiográficos.
c)
Laboratorios de caterización cardíaco
d) Unidad
de cuidado coronario.
e) Areas o
salas de hemodiálisis.
f) Areas
de tratamientos en salas de emergencia (seleccionados).
g)
Laboratorios de fisiología humana.
h) Unidad
de cuidados intensivos.
i) Salas
de recuperación post-operatoria (seleccionados).
9)
Iluminación adicional del lugar de trabajo, tomacorriente y circuitos
especiales de alimentación necesarios para la efectiva operación del hospital.
Motores de ventiladores de extracción
monofásicos fraccionarios los cuales están interconectados con motores
trifásicos en el equipo, se permitirá que estén conectados al circuito derivado
critico.
b) Sub-división del circuito derivado crítico. Está
permitido dividir el circuito derivado crítico en dos o más circuitos
derivados.
Nota: Es importante analizar las consecuencias de
alimentar un área, solamente con el circuito derivado de alimentación de
cuidado critico, cuando la falla ocurre entre el área y el interruptor de
transferencia. Alguna proporción de
potencia normal y critica o de la alimentación critica desde un interruptor de
transferencia separado, puede ser apropiada.
517-34.
Conexión del sistema de equipos a la fuente de energía auxiliar. El sistema de equipos deberá ser instalado y
conectado a la fuente auxiliar de tal manera que los equipos descritos en la
sección 517-34 (a) sean puestos automáticamente en operación en un intervalo de
tiempo apropiado, siguiente a la energizacion del sistema de emergencia. Estos arreglos también proveerán la conexión
subsiguiente de los equipos descritos en la sección 517-34 (b).
a) Conexión para equipos de retardo automático. Los
siguientes equipos deben estar arreglados por una conexión de retardo
automático a la fuente de energía auxiliar.
1) Sistema
central de succión, sirviendo funciones de cirugía y médica, incluyendo
controles.
Dichos sistemas de succión están permitidos en el
circuito derivado crítico.
2) Las bombas
de desagüe y otros equipos cuya operación sea requerida para la seguridad de
aparatos mayores, incluyendo sus sistemas asociados de control y alarma.
3) Sistemas
de aire comprimido que sirven funciones quirúrgicas y médicas, incluyendo
controles.
Los equipos mencionados anteriormente pueden ser
dispuestos para una acción de secuencia automática retardada a la fuente de
energía auxiliar para prevenir una sobre carga en el generador, donde los
estudios de ingeniería indiquen que es necesario.
b) Conexión para equipos de retardo automático o
manual. Los
siguientes equipos deberán proveerse de conexión, bien sea de retardo
automático o manual, a la fuente de energía auxiliar.
1) Los
equipos de climatización para climatizar las salas de operación de parto, de
laboratorio, de recuperación, de cuidados intensivos y cuidados coronarias, de
pediatría, cuartos de aislamiento por infección, urgencias, áreas de
tratamientos de emergencia y salas generales de pacientes.
Nota: En los
cuartos de pacientes y habitaciones de aislamiento por infecciones, durante las
interrupciones del suministro de la fuente normal, no se requerirá
climatización si: La institución es servida por una fuente doble de energía
como se describe en la sección 517-35 c).
2) Los
ascensores seleccionados para proporcionar servicios a pacientes entre salas de
cirugía, salas de parto y planta baja durante una interrupción de la fuente
normal.
En los casos
donde una interrupción de la fuente normal provoque una parada de ascensores
entre pesos, se deberá proveer interruptores de transferencia que permitan el
funcionamiento temporal de cualquier ascensor para poder sacar los pacientes u
otras personas que hayan quedado atrapadas.
3) Sistemas
de suministro de ventilación y extracción para salas de cirugía, salas de
parto, pediatría, cuidados intensivos, cuidados coronarias, enfermería, salas
de aislamiento de cuarentena, áreas de tratamiento de emergencia y las campanas
de ventilación de los laboratorios, áreas de medicina nuclear en donde se use
material radiactivo, evacuaciones de óxido etílico y anestesia. Unidades de cuidados especiales intensivos.
4) Locales de
servicio hiperbaricos.
5) Locales de
servicio hipobaricos.
6) Puertas
operadas automáticamente.
7) Un mínimo
de autoclaves que funcionen eléctricamente pueden ser arreglado por cualquier
conexión automática o manual a la fuente auxiliar.
8) Otros
equipos seleccionados pueden ser alimentados por el sistema de equipo.
517-35.
Fuentes de potencia.
a) Dos fuentes de potencia independientes. Los sistemas
eléctricos esenciales deberán tener un mínimo de dos fuentes de potencia
independientes. Una fuente normal que
generalmente alimentará todo el sistema eléctrico y una o más fuentes
auxiliares para uso cuando el servicio normal sea interrumpido.
b) Fuente auxiliar de potencia. La fuente
auxiliar de alimentación estará formada por uno o varios grupos de generadores
accionados por alguna clase de fuerza motriz y ubicados en dependencias del
inmueble relacionado.
Excepción:
Donde la fuente normal esta formada por unidades generadoras ubicadas en
dependencias del inmueble, la fuente auxiliar puede ser otro grupo generador o
un servicio de energía eléctrica exterior.
c) Ubicación de los componentes del sistema
eléctrico esencial. Se debe considerar cuidadosamente la ubicación
de los locales donde se encuentren los componentes del sistema eléctrico
esencial, para minimizar interrupciones causadas por fuerzas naturales comunes
en el área (por ejemplo, tormenta, inundaciones, terremotos y riesgos creados
por estructuras o actividades contiguas).
También se deberá considerar la posible interrupción
de los servicios eléctricos normales, como resultado de causas similares, asi
como la interrupción del servicio eléctrico normal debida a fallas internas de
alambrado o de los equipos.
Nota: Las
instalaciones cuya fuente de potencia normal, esté alimentada por dos o más
acometidas de los servicios públicos tienen mayor confiabilidad en su servicio
eléctrico normal que aquellas que tengan una sola acometida.
Tal fuente
doble de potencia normal consistirá de dos o más acometidas de servicios
eléctricos alimentados por grupos de generadores separados o por una red de
distribución de energía, que tengan múltiples fuentes de alimentación y estén
mecánica y eléctricamente separadas de tal manera que una falla entre las
instalaciones de la institución y las fuentes generadoras tenga poca
probabilidades de provocar la interrupción de más de una de las acometidas.
517-40.- Sistemas Eléctricos Esenciales para lugares
para enfermeras y de cuidados limitados.
a)Aplicación. Los requisitos de la parte C,
secciones 517-40(c) a 517-44 se aplican a los lugares para enfermeras e
instalaciones de cuidados limitados. Los
lugares que cumplan con la sección 517-10, excepción 3 están exentos de estos
requerimientos.
b) Centro de hospitalización. Los lugares
para enfermeras e instalaciones de cuidado limitado que proporcionan servicios
de hospitalización deben cumplir con lo requerido en la parte C, secciones
517-30 a 517-35.
c) Instituciones adyacentes a hospitales. Los lugares
para enfermeras y las instalaciones de cuidado limitado que estén adyacentes a
un hospital les es permitido tener su sistema eléctrico esencial alimentado por
el hospital.
517-41.
Sistemas eléctricos esenciales.
a) Disposiciones generales. Los sistemas
eléctricos esenciales para hospitales de cuidados intermedios y los de
asistencia médica a pacientes de larga estancia deberán estar comprendidos en
dos circuitos derivados separados, capaces de suministrar un servicio limitado
de alumbrado y fuerza, el cual es considerado esencial para la protección y la
seguridad de la vida y para la operación efectiva de la institución durante el
tiempo en el cual el servicio normal de electricidad sea interrumpido por
cualquier razón. Estos dos circuitos
separados deberán ser, el circuito derivado de seguridad de la vida y el
circuito derivado crítico.
b) Disyuntores de transferencia. El número de
disyuntores de transferencia por usar deberá basarse en la confiabilidad, el
diseño y las consideraciones de carga.
Cada circuito derivado del sistema eléctrico esencial deberá ser servido
por uno o más disyuntores de transferencia como se muestra en los diagramas
517-41 (1) y 517-41 (2). Se permitirá
que un disyuntor de transferencia sirva uno o más circuitos derivados o
sistemas en un centro pequeño, con una demanda máxima en el sistema eléctrico
esencial de 150 KVA. Como se muestra en
el diagrama 517-41(3).
c) Capacidad del sistema. El sistema
eléctrico esencial deberá tener una capacidad adecuada para la operación de
todos los servicios y equipos que serán alimentados por cada circuito derivado
a un tiempo.
d) Separación de otros circuitos. El circuito
derivado de seguridad de la vida deberá ser totalmente independiente de los
otros equipos y no deberá entrar en las mismas canalizaciones, cajas de paso o
gabinetes de los otros alambrados, excepto en los casos siguientes:
1) En
disyuntores de transferencia.
2) En
lámparas de emergencia o salida alimentadas desde dos fuentes.
3) En cajas
de empalme comunes a lámparas de salida o emergencia alimentadas desde dos fuentes.
El alambrado
del circuito derivado crítico se le permitirá ocupar las mismas canalizaciones,
cajas de paso o gabinetes de otros circuitos que no sean parte del circuito
derivado de seguridad de la vida.
517-42.
Conexión automática al circuito derivado de seguridad de la vida.
El circuito derivado de seguridad de la vida deberá
ser instalado y conectado a una fuente auxiliar, de tal manera que todas las
operaciones de los servicios especificados en este articulo sean restablecidas
automáticamente para su funcionamiento en un lapso de 10 segundos después de la
interrupción de la fuente normal. El
circuito derivado de seguridad de la vida debe suministrar energía para
alumbrado, tomacorriente y equipos, como sigue:
a) Iluminación de los medios de escape. Iluminación de los medios de escape, tal como el
alumbrado requerido para corredores, pasillos, escaleras, pistas de aterrizaje
y acceso a puertas de salida y de las vías necesarias para llegar a las
salidas. Se permitirá un arreglo de
conmutación para transferir el alumbrado de corredores de pacientes desde los circuitos
generales de iluminación, siempre que solamente uno de los dos circuitos pueda
ser seleccionado y que ambas fuentes de energía no puedan interrumpirse a la
vez.
b) Señalización de salida. Señales de
salida y avisos direccionales.
c) Sistemas de alarma y alerta. Los sistemas
de alarma y alerta, incluyendo:
1) Alarmas de
incendio accionadas por estaciones manuales, dispositivos de alarma eléctrica
de flujo de agua conectados al sistema de rociadores y dispositivos automáticos
de detección de llama, humo o productos de combustión.
2) Alarmas
requerida por los sistemas de distribución de gases medicinales no inflamables.
d) Sistemas de comunicación. Los sistemas
de comunicación, cuando éstos se usen para transmitir instrucciones durante
situaciones de emergencia.
e) Comedores y áreas de recreación. Alumbrado
adecuado en comedores y áreas de recreación para proveer iluminación en las
vías de salida.
f) Local del grupo generador. Alumbrado de
lugar de trabajo y contactos seleccionados en el local del grupo generador.
g) Elevadores. Alumbrado de cabinas de
elevadores, sistemas de control, comunicación y señalización.
Ningún servicio diferente a aquellos indicados desde
a) hasta f) deberá ser conectado al circuito derivado de seguridad de la vida.
517-43.
Conexión a un circuito derivado critico. El circuito derivado crítico debe instalarse y
conectarse a la fuente alterna de energía, de forma que el equipo citado en la
sección 517-43(a) se restablezca automáticamente a intervalos de tiempo
apropiados siguiendo la secuencia de restablecimiento del circuito derivado de
seguridad de vida. Su arreglo debe
contemplar la conexión adicional de equipos listados en la sección 517-43(b) ya
sea mediante operación manual o automática con retardo.
a) Conexión automática con retardo. El siguiente
equipo debe conectarse al circuito derivado critico y adecuarse para conexión
automática con retardo a la fuente de energía alterna:
1) Areas de
cuidado de pacientes - Iluminación de trabajo y tomacorrientes selectos en:
a) Areas de
preparación de medicamentos.
b) Areas de
despacho de farmacia.
c)
Estaciones de enfermeras (a menos de que se encuentren adecuadamente iluminadas por las luminarias
del corredor).
2) Bombas y
otros equipos requeridos para la seguridad de aparatos mayores y alarmas y
sistemas asociados de control.
b) Conexión manual o automática con retardo. El siguiente
equipo debe conectarse al circuito derivado crítico y adecuarse ya sea para
conexión manual o automática con retardo de tiempo a la fuente de energía
alterna:
1) Equipo de
climatización para cuartos de pacientes.
Nota: La
climatización de cuartos de pacientes durante la interrupción de la fuente normal no se
requiere si la instalación esta alimentada por una fuente dual de energía como la
descrita en la sección 5 17-44(c).
2) Elevador
de Servicio. En los casos en que la
interrupción de energía resulta en el paro de elevadores entre pisos, la
instalación debe permitir la operación temporal de cualquier elevador para
liberar a los pasajeros. Para los requerimientos
de iluminación de la cabina del elevador, control, y sistemas de señalización,
ver la sección 517-42(g).
3)
Iluminación, tomacorrientes y equipos adicionales pueden conectarse solamente
al circuito derivado critico.
517-44. Fuentes de energía.
a) Dos fuentes independientes de potencia. Los sistemas
eléctricos esenciales deben tener un mínimo de dos fuentes independientes de
energía: una fuente normal generalmente alimentando el sistema eléctrico
completo, y una o más fuentes alternas para su uso cuando la fuente normal se
interrumpe.
b) Fuente de energía alterna. La fuente
alterna de energía debe ser un generador accionado por cualquier forma de
primomotor(es), y localizado en el predio.
Excepción No.
1: Cuando la fuente normal consiste de unidades generadoras en el predio, la
fuente alterna puede ser cualquier otra unidad generadora, o un suministro
externo.
Excepción No.
2: Los asilos o residencies para custodia médica que cumplan los requisitos de
la sección 517-10.
Excepción No.
3, pueden usar un sistema de baterías o una batería integral autocontenida
dentro de cada equipo.
c) Ubicación de componentes de sistemas eléctricos
esenciales. Se debe considerar cuidadosamente la ubicación
de los lugares destinados a los componentes del sistema eléctrico esencial para
minimizar las interrupciones por causas naturales propias del área (por
ejemplo, tormentas, inundaciones, terremotos, o peligros creados por estructuras
o actividades adyacentes). Se debe
considerar la posible interrupción de los servicios eléctricos normales que
resulten de causas similares, asi como posibles interrupciones del suministro
normal debido a fallas del equipo y alambrados internos.
Nota : Las
instalaciones alimentadas por dos o más centrales o doble acometida, tienen una
confiabilidad mayor a aquellas con un solo servicio o acometida. Tal fuente dual de suministro normal consiste
de dos o más servicios alimentados de generadores separados o redes de
distribución con múltiples fuentes de suministro conectadas y dispuestas para
proveer separación eléctrica o mecánica de suerte que una falla entre la
instalación y las fuentes de generación no cause la interrupción de más de una
acometida de servicio.
517-50.
Sistemas eléctricos esenciales para clínicas, oficinas médicas y
dentales, consulta externa y otras instalaciones de sanidad no cubiertas en las
secciones 517-30 y 517-40.
a) Aplicación. Los requisitos de esta sección
se aplican a las instalaciones de sanidad descritas en la sección 517-50, y en
las cuales:
1)
Anestésicos inhalables se administran en cualquier concentración a los
pacientes, o
2) Los
pacientes requieren equipo eléctrico para soporte de la vida.
b) Conexiones. El sistema eléctrico esencial
debe suministrar energía a:
1)
Iluminación de trabajo relacionada con la seguridad de la vida y la cual es
necesaria para el cese seguro de los procedimientos en proceso.
2) Todo
equipo de anestesia y resucitación usado en áreas donde la inhalación de
anestésicos se administra a pacientes, incluyendo los dispositivos de alarma y
alerta.
3) Todo
equipo eléctrico para soporte de la vida en áreas donde los procedimientos
realizados requieren de tal equipo para el soporte de la vida del paciente.
c) Fuentes alternas de energía.
1) Fuente de
energía. La fuente alterna de energía
para el sistema debe estar diseñada específicamente para este propósito y puede
ser ya sea un generador, sistema de baterías, o una batería integrada y
autocontenida en el equipo.
2) Capacidad
del sistema. La fuente alterna de
energía debe estar separada y ser independiente de la fuente normal y tener
capacidad para sostener las cargas conectadas por un mínimo de 1 1/2 horas tras
la pérdida de la fuente normal.
3) Operación
del sistema. El sistema debe disponerse
de tal forma que en el caso de falla en el suministro normal de energía, la
fuente alterna de energía se conecte automáticamente a la carga dentro de los
siguientes 10 segundos.
d) Locales para anestesia por inhalación.
517-60.
Clasificación de locales de anestesia.
Nota: Si
cualquiera de los siguientes locales para anestesia se designa como lugar
mojado, ver la sección 517-20.
a) Lugares clasificados como peligrosos .
1) En un
local donde se utilicen anestésicos inflamables, el área entera debe
considerarse como lugar Clase I,
División 1, la cual se extiende a un nivel de 1.52 m
por encima del piso. El volumen
remanente hasta la estructura del techo se considera estar encima de un lugar
clasificado como peligroso
2) Cualquier
cuarto o local en el cual se almacenen anestésicos inflamables o agentes
desinfectantes volátiles inflamables, se debe considerar lugar Clase I,
División 1, de piso a techo.
b) Lugares distintos a los clasificados como
peligrosos. Cualquier local para anestesia por inhalación
diseñado para el uso exclusive de agentes anestésicos no flamables se debe
considerar lugar distinto al lugar clasificado como peligroso.
517-61.
Alambrado y equipo.
a) Dentro de lugares peligrosos de anestesia.
1) Excepto
como se permite en la sección 517-160, cada circuito de energía dentro, o
parcialmente dentro, de un local de anestesia inflamable como se refiere en la
sección 517-60, debe aislarse de cualquier sistema de distribución mediante el
uso de un sistema de energía aislado.
2) El equipo
del sistema de energía aislado debe estar certificado para este propósito, y el
sistema estar diseñado e instalado para cumplir las condiciones de la Parte G.
3) En los
lugares clasificados como peligrosos referidos en la sección 517-60, todo el
alambrado y equipos fijos, y todo el equipo portátil, incluyendo lámparas y
otros equipos, operando a más de 10 V entre conductores debe cumplir con los
requisitos de las secciones 501-1 a la 501-15 y de las Secciones 501-16(a) y
(b) para lugares Clase I, División 1. Todo este equipo debe estar certificado
específicamente para las atmósferas peligrosas en cuestión.
4) Donde una
caja, accesorio, o cubierta, se encuentra parcial, pero no enteramente, dentro
de un lugar clasificado como peligroso el área peligrosa incluye toda la caja,
accesorio o cubierta entero.
5)
Tomacorrientes y enchufes en el lugar clasificado como peligroso deben estar
certificados para uso en lugares clasificados como peligroso Clase I, Grupo C,
y contemplar la conexión de un conductor de puesta a tierra.
6) Los
cordones flexibles en áreas peligrosas para la conexión de equipos portátiles,
incluso lámparas operando a más de 8 V entre conductores, deben ser
certificados para uso extra rudo acorde a la Tabla 400-4, e incluir un
conductor adicional de puesta a tierra.
7) Un
dispositivo para almacenar el cordón flexible se debe incluir, y no debe doblar
el cordón a un radio menor a 76 mm.
b) Encima de locales de anestesia peligrosos.
1) El
alambrado encima de áreas peligrosas descritas en la sección 517-60 debe
instalarse en conduit metálico rígido pared gruesa, con cable tipo MI, o cable
tipo MC con una cubierta continua y metálica sellada al paso de vapores.
2) El equipo
instalado que pueda producir arcos, chispas, o partículas de metal caliente,
tales como lámparas y portalámparas para iluminación fija, desconectadores,
interruptores, generadores, motores, u otros equipos con escobillas
deslizantes, deben ser del tipo totalmente cerrado o construidos de suerte que
eviten el escape de chispas o partículas de metal caliente.
Excepción:
Los tomacorrientes montados en los muros encima del área peligrosa en locales
de anestesia inflamable no requieren estar totalmente resguardados o tener
aberturas cubiertas o protegidas para prevenir la dispersion de partículas.
3) Las
luminarias quirúrgicas y otras, deben cumplir con la sección 501-9(b).
Excepción No.
1: Las limitaciones de temperatura superficial expuestas en la sección
501-9(b)(2) no se aplican.
Excepción No.
2: Los interruptores integrados o colgantes localizados encima y que no pueden
ser bajados al área clasificada como peligrosa no requieren ser a prueba de
explosión.
4) Los sellos certificados deben colocarse de
acuerdo a la sección 501-5, y sección 501-5(a)(4), a los limites tanto
horizontales como verticales del lugar clasificado como peligroso.
5) Los
tomacorrientes y enchufes localizados encima del área peligrosa de anestesia
deben estar aprobados para uso en hospitales, para los servicios prescritos de
tensión, frecuencia, capacidad, número de conductores con la previsión para la
conexión de un conductor de puesta a tierra.
Este requisite se debe aplicar a los tomacorrientes y enchufes de 2
polos, 3 hilos del tipo de puesta a tierra para una fase, 120 V, corriente
alterna.
6) Los
enchufes y tomacorrientes de 220 V nominales, para la conexión de equipo médico
de 50 y 60 A de corriente alterna para uso encima de lugares clasificados como
peligrosos, deben arreglarse de modo que el tomacorriente de 60 A reciba
indistintamente enchufes de 50 ó 60 A. Los tomacorrientes de 50 A deben
diseñarse para no aceptar enchufes de 60 A. Los enchufes deben ser de 2 polos,
3 hilos con contacto para conectar el conductor aislado (verde o verde con
rayas amarillas) de puesta a tierra del sistema eléctrico.
c) Locales de anestesia distintos a los peligrosos.
1) El alambrado que sirve a lugares distintos a los
clasificados como peligrosos, como se define en la sección 517-60, debe
instalarse en canalización o cable metálico. La canalización o armadura
metálica debe estar certificado como un equipo con retorno de tierra de acuerdo
a la sección 250-91(b). Los cables tipos
MI y MC deben tener una armadura o cubierta metálica exterior identificada como
retorno aceptable de tierra.
Excepción:
Los tomacorrientes colgantes que emplean cuando menos cordones flexibles tipo
SJO o equivalente suspendidos a no menos de 1.83 m del piso.
2) Los tomacorrientes y enchufes instaladas y usadas
en lugares distintos a los clasificados como peligrosos deben estar
certificados para uso en hospital para servicios prescritos de tensión,
frecuencia, capacidad, y número de conductores con previsión para conectar un
conductor de puesta a tierra. Este
requisito se debe aplicar a los tipos 2 polos, 3 hilos con puesta a tierra,
para una fase a 120 ó 220 V nominales de corriente alterna.
3) Los enchufes y tomacorrientes de 220 V nominales,
para la conexión de equipo médico de 50 y 60 A de corriente alterna para uso
encima de lugares clasificados como peligrosos, deben arreglarse de modo que el
tomacorriente de 60 A reciba indistintamente enchufes de 50 o 60 A. Los
tomacorrientes de 50 A deben diseñarse para no aceptar enchufes de 60 A. Los
enchufes deben ser de 2 polos, 3 hilos con contacto para conectar el conductor
aislado (verde o verde con rayas amarillas) de puesta a tierra del sistema
eléctrico.
517-62.
Puesta a tierra. En cualquier área de anestesia, todas las
canalizaciones metálicas y cables con pantallas metálicas, y todas las partes
conductoras no portadoras de corriente de equipo eléctrico fijo, deben ponerse
a tierra.
Excepción: El
equipo operando a no más de 10 V entre conductores no requiere ser puestos a
tierra.
517-63.
Sistemas de energía puestos a tierra en locales de anestesia.
a) Circuitos de alumbrado de uso general. Un circuito
de alumbrado de uso general conectado a un suministro normal puesto a tierra
debe instalarse en cada cuarto de operación.
Excepción: Cuando está conectado a cualquier fuente
alterna permitida en la sección 700-12 que se encuentre separada de la fuente
alimentada por el sistema de emergencia.
b) Alambrado de circuitos derivados. Los circuitos
derivados que alimentan sólo equipo de diagnóstico y terapia, fijos, aprobados,
y permanentemente instalados encima de lugares clasificados como peligrosos y
en otras áreas distintas a las clasificadas como peligrosas, pueden alimentarse
de un servicio normal puesto a tierra, de una o tres fases, siempre que:
1) El
alambrado para circuitos aislados y puestos a tierra no ocupen la misma
canalización,
2) Todas las
superficies conductoras del equipo estén puestas a tierra,
3) El equipo
(excepto los tubos de rayos X confinados y los alambres a dichos tubos) se
localice al menos a 2.44 m por encima del piso o tierra del local de anestesia,
y
4) Los interruptores
para el circuito derivado con puesta a tierra se localicen fuera del lugar
clasificado como peligroso.
Excepción:
Las Secciones 517-63 (b)(3) y (b)(4) no se aplican a lugares distintos a los
clasificados como peligrosos.
c) Circuitos derivados para luminarias fijas. Los circuitos
derivados que alimentan solamente luminarias fijas, pueden servirse desde un
suministro normal con puesta a tierra, siempre que:
1) Tales
luminarias se ubiquen al menos a 2.44 m por encima del piso,
2) Todas las
superficies conductoras de las luminarias estén puestas a tierra,
3) El
alambrado de los circuitos que alimentan a las luminarias no ocupen la misma
canalización de los circuitos de energía aislada, y
4) Los
interruptores sean del tipo montaje en pared y se ubiquen encima de los lugares
clasificados como peligrosos.
d) Estaciones de control remoto. Las
estaciones de control remoto montadas en pared para interruptores de control
remoto operando a 24 V o menos, pueden instalarse en cualquier local de
anestesia.
e) Ubicación de sistemas aislados de energía. Un centro de
carga aislado y certificado para este propósito y su alimentador primario con
puesta a tierra pueden ubicarse en un local de anestesia, siempre que se
instale encima de un lugar clasificado como peligroso u otro que no sea
clasificado como peligroso.
f) Circuitos en locales de anestesia. Excepto como
se permite arriba, cada circuito de energía dentro, o parcialmente dentro, de
un local de anestesia inflamable como se refiere en la sección 517-60 debe
aislarse de cualquier sistema de distribución que alimente otros locales
diferentes de los de anestesia.
517-64.
Equipos e instrumentos de baja tensión.
a) Requisitos para equipos. Los equipos
de baja tensión que estén frecuentemente en contacto con el cuerpo de personas
o tengan elementos descubiertos que llevan corriente, deben:
1) Operar a potenciales eléctricos de 10 V o menos.
2) Ser certificados como intrinsecamente seguros o
como equipos doblemente aislados, o
3) Ser resistentes a la humedad.
b) Fuentes de potencia. La energía
suministrada a los equipos de baja tensión debe ser aportada desde:
1) Un
transformador de aislamiento portátil (no debe usarse autotransformadores) conectado a un
tomacorriente de un circuito aislado
por medio de un cordón y enchufe apropiados, o
2) Un
transformador de aislamiento comia de baja tensión, instalado en un lugar no peligroso, o
3)Baterías
secas individuales, o
4)Baterías
comunes, compuestas por celdas de almacenaje,
colocadas en un lugar no peligroso.
c) Circuitos aislados. Los transformadores de
aislamiento que suministren circuitos de baja tensión deben:
1)Tener medios apropiados de aislamiento entre el
circuito primario y el secundario, y
2)Tener el núcleo y el chasis puestos a tierra.
d) Controles. Se permite el uso de
dispositivos de impedancia para controlar equipos de baja tensión, pero éstos
no deben ser usados para limitar la tensión máxima disponible para el equipo.
e) Artefactos alimentados por baterías. Los
artefactos operados por baterías no pueden ser recargados mientras estén en
operación, a menos que en el circuito de carga se incorpore un transformador
de aislamiento integral.
f) Tomacorrientes o enchufes. Los
tomacorrientes o enchufes que se usen en circuitos de baja tensión deben ser de
un tipo que no permita una conexión intercambiable con circuitos de mayor
tensión.
Nota: Se sabe que cualquier interrupción del
circuito, aun en circuitos de tensión tan baja como 10 V provocada por algún
interruptor o conexiones flojas o defectuosas en cualquier punto del circuito,
pueden producir una chispa suficiente para encender agentes anestésicos
inflamables.
E.
Instalaciones de rayos X
Nada de lo
dicho en esta parte debe ser interpretado como protección contra el rayo útil o
radiación dispersada de rayos X.
517-71.
Conexión al circuito de alimentación.
a) Equipos fijos y estacionarios. Los equipos
de rayos X, fijos y estacionarios deben estar conectados a la fuente de
alimentación por medio de un método de alambrado que cumpla con los requisitos
generales de éste Código.
Excepción.
Los equipos debidamente alimentados por un circuito derivado cuya
capacidad especificada no exceda los 30 A, puede alimentarse a través de un
enchufe apropiado y un cordón para servicio pesado.
b) Equipos portátiles, móviles y transportables. Para equipos
portátiles, móviles y transportables y equipo médico de rayos X, no requiere
circuito derivado individual cuando su capacidad no excede de 60 A.
517-72.
Medios de desconexión.
a) Capacidad. El circuito alimentador debe
contar con un medio de desconexión adecuado con capacidad del 50 % como mínimo
del régimen momentáneo o el 100 % del régimen prolongado del equipo de rayos X,
cualquiera que sea mayor.
b) Ubicación. El medio de desconexión debe
ser operable desde un lugar fácilmente accesible desde el control del equipo de
rayos X.
c) Equipos portátiles. Para equipos conectados a
circuitos derivados de 120 V y 30 A o menos, se permite el uso de
tomacorrientes y enchufe del tipo puesto a tierra de capacidad apropiada como
medio de desconexión.
517-73.
Capacidad de corriente de los conductores de alimentación y protección
contra sobrecorriente.
a)Equipo de diagnóstico.
1)La capacidad de corriente de los conductores de un
circuito derivado los dispositivos de protección contra sobrecorriente no
deberá ser inferior al 50 por ciento de la capacidad de corriente de régimen
momentáneo o el 100 porciento del régimen prolongado, escogiendo el mayor de
estos valores.
2) La capacidad de corriente de los conductores y de
los dispositivos de protección contra sobrecorriente de los alimentadores para
dos o más circuitos derivados que alimenten unidades de rayos X no debe ser
menor del 50 por ciento de la corriente de régimen momentáneo del equipo más grande
de rayos X, más un 25% de la corriente de régimen momentáneo de la siguiente
unidad más grande, más 10% de la demanda momentánea de los otros equipos de
diagnóstico médico de rayos X. Cuando se lleven a cabo exámenes simultáneos por
extensión del plano radiológico con unidades de rayos X, los conductores de
alimentación y los dispositivos de protección contra sobrecorriente deben ser
del 100% del régimen momentáneo de la capacidad de corriente de cada unidad de
rayos X.
Nota: El
conductor de menor calibre para circuitos derivados y alimentadores está
también gobernado por los requisitos de regulación de la tensión. Para una instalación específica, el
fabricante usualmente especifica tamaños mínimos de transformadores de
distribución y conductores, capacidad de corriente de los medios de desconexión
y protección contra sobrecorriente.
b) Equipos terapéuticos. La capacidad
de los conductores y la capacidad de corriente de los dispositivos de sobrecorriente
no será menor del 100% de la capacidad de corriente del equipo de rayos X para
terapia médica.
Nota:La capacidad de los conductores del circuito
derivado, de los medios de desconexión y de las protecciones de sobrecorriente
de los equipos de rayos X, es normalmente establecida por el fabricante para la
instalación específica.
517-74.
Conductores del circuito de control.
a) Número de conductores instalados en una
canalización. El número de conductores de control
instalados en una canalización debe ser determinado por la sección 300-17.
b) Calibre mínimo de los conductores. Se permitirá
el uso de conductores calibre 18 ó 16, como se especifica en la sección 725-16,
y cordones flexibles para el control y circuito de operación del equipo de
rayos X y equipos auxiliares, donde la protección contra sobrecorriente no sea
mayor de 20 A.
517-75.
Instalación de equipos. Todos los equipos para nuevas instalaciones de rayos
X, y todos los equipos de rayos X usados, reacondicionados para trasladarlos a
nuevos locales, deben ser del tipo certificado.
517-76.
Transformadores y condensadores. Los transformadores y condensadores que forman parte
de un equipo de rayos X, no están obligados a cumplir con las Secciones 450 y
460. Los condensadores serán montados dentro de cubiertas de material aislante
o de metal puesto a tierra.
517-77.
Instalación de cables de alta tensión para equipos de rayos X. Los cables con pantalla aterrizada para conexión de
tubos de rayos X para intensificadores de imagen, se permiten que sean
instalados en bandejas o ductos los conductores de control y de potencia sin
necesidad de barreras que separen el cable.
517-78.
Protección y puesta a
tierra.
a)Partes de alta tensión. Todas las
partes de alta tensión, incluyendo los tubos de rayos X, deben montarse dentro
de cubiertas puestas a tierra. Se usará
aire, aceite, gas u otra sustancia aislante apropiada para aislar la alta
tensión de la cubierta puesta a tierra.
La conexión desde el equipo de alta tensión a los tubos de rayos X y
otros componentes de alta tensión será hecha con cables de alta tensión con
pantalla.
b) Cables de baja tensión. Los cables
de baja tensión que conectan unidades que no están completamente selladas,
tales como transformadores, condensadores, enfriadores de aceite, e
interruptores de alta tensión, deben tener aislamiento del tipo de aceite
resistente.
c) Partes metálicas que no llevan corriente. Las partes
metálicas que no llevan corriente del equipo asociado a rayos X (controles,
mesas, soportes de tubo de rayos X, tanque de transformadores, cables
blindados, cabezales para tubo de rayos X, etc.) deben aterrizarse tal como lo
especifica el artículo 250 y la sección 517-13 (a) y (b)
Excepción:El equipo que opera con baterías.
F. SISTEMAS
DE COMUNICACIONES, SEÑALES, SISTEMAS DE DATOS, SISTEMAS DE SEÑALIZACIÓN
DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO Y SISTEMAS PARA
TENSIONES CONTRA INCENDIO Y SISTEMAS PARA TENSIONES MENORES A 20
VOLT.
517-80. Areas
para cuidados de pacientes.
El aislamiento equivalente y el aislamiento
necesario para sistemas de distribución eléctrica en 'áreas para cuidado de
pacientes se debe suministrar por medio de comunicaciones, sistemas de
señalización, circuitos de sistemas de datos, sistemas de señalización contra
incendio y sistemas con tensión nominal menor a 120 volts.
Nota: Un medio aceptable alterno para suministrar el
aislamiento para el sistema de llamado paciente/enfermera, es por el uso de
señales no eléctricas, comunicación, o dispositivos de control sostenidos por
el paciente o que están al alcance del paciente.
517-81. Otras
áreas que las de cuidado al paciente. En otras áreas que las de cuidado al paciente, las
instalaciones deben ser de acuerdo con las previsiones apropiadas de los
artículos 725, 760 y 800.
517-82.
Transmisión de señales entre aparatos.
a) General. La instalación permanente del
cableado para señales desde un aparato en un lugar de paciente a un aparato
remoto, debe emplearse un sistema de transmisión de señales que prevenga la
interconexión peligrosa a tierra de los aparatos.
Nota: Ver las secciones 517-13(b) y 517-15.
b) Sistema común de aterrizaje para cables de
señales. Se permite
usar un sistema común de aterrizaje para cables de señales (por ejemplo un
chasis aterrizado para terminales de transmisión), entre aparatos localizados
en la vecindad del paciente, que se aterrizan al mismo punto de referencia.
G. Sistemas de energía aislados
517-160.
Sistemas de energía aislados.
a) Instalaciones.
1) Cada circuito de energía aislado debe controlarse
por un interruptor que tenga un polo de desconexión en cada conductor del
circuito aislado, para desconectar simultáneamente toda la energía. Tal aislamiento puede complementarse por
medio de uno o más transformadores que no tengan conexión eléctrica entre los
devanados primario y secundario; por medio de conjuntos motor generador, o por
medio de un sistema aislado de baterías.
2) Los circuitos que alimentan los primarios de los
transformadores de aislamiento deben operar a no más de 600 Volts entre
conductores y deben tener una apropiada protección contra sobrecorriente. La tensión secundaria de tales
transformadores no debe exceder de 600 Volts entre conductores de cada
circuito. Todos los circuitos alimentados
desde tales secundarios no deben ser aterrizados, y deben tener un dispositivo
de sobrecorriente certificado de valor nominal (adecuado para cada conductor).
Los circuitos alimentados directamente desde las
baterías o del conjunto motor generador no deben ser aterrizados y deben
protegerse contra sobrecorriente de la misma manera que los circuitos
secundarios alimentados del transformador.
Si existe una pantalla electrostática, debe conectarse al mismo punto de
referencia de tierra.
3) Los transformadores de aislamiento, los conjuntos
motor generador, las baterías y cargadores de baterías, y los dispositivos de
sobrecorriente asociados al primario o secundario, no debe instalarse en
lugares clasificados como peligrosos. El
cableado del circuito secundario aislado que se extienda a lugares de anestesia
peligrosos, debe instalarse de acuerdo con la sección 501-4.
4) Un circuito derivado aislado que alimenta un
lugar de anestesia, no debe alimentar otros lugares.
5) Los conductores de circuitos aislados deben
identificarse como sigue:
Conductor aislado No. 1 : naranja.
Conductor aislado No. 2 : café.
Para sistemas trifásicos, el tercer conductor se
identifica con el color amarillo.
6) No deben usarse compuestos para el cableado que
incrementen la constante dieléctrica, en los conductores secundarios del suministro
de energía aislado.
Nota No. 1: Es recomendable limitar el tamaño del
transformador de aislamiento a 10 KVA o menos y usar aislamiento de
conductores con baja corriente de fuga que satisfagan los requisitos de
impedancia.
Nota No. 2: Minimizar la longitud de los conductores
del circuito derivado y utilizar aislamiento de conductores con una constante
dielectrica menor que 3.5 y una resistencia de aislamiento constante mayor 6100
megohm-metro (a 16°C) para reducir la corriente de fuga desde la línea a
tierra, reduciendo la corriente peligrosa del monitor.
b) Monitor de aislamiento de línea.
1) Además de los dispositivos de control y de
protección de sobrecorriente, cada sistema de potencia aislado debe proveerse
con un monitor de aislamiento de línea que opera continuamente para indicar las
posibles fugas o fallas de corriente de cada conductor aislado a tierra. El monitor debe estar diseñado de tal manera
que una lámpara señalizadora de color verde, pueda verse fácilmente por las
personas del lugar de anestesia, permanecer iluminada cuando el sistema está
adecuadamente aislado de tierra; una lámpara roja señalizadora y una alarma
audible (remota si se desea) debe de energizarse cuando la corriente total
peligrosa (que consiste de posibles corrientes de fuga resistivas o
capacitivas) de cualquier conductor aislado alcanza un valor cercano a los 5
miliamperes, bajo condiciones de tensión normal. El monitor no debe sonar para valores menores
de 3.7 miliamperes o para una corriente total peligrosa de menos de 5.0
miliamperes.
Excepción: Puede permitirse el diseño para operar a
un valor menor al limite de la corriente total de peligro. Un monitor de aislamiento de línea para tal
sistema puede permitirse, pero el valor no debe ser menor al 35% del correspondiente
valor limite de la corriente total de peligro y la corriente de peligro del
monitor consecuentemente debe reducirse a no más de 50 % del valor de alarma de
la corriente total de peligro.
2) El monitor de aislamiento de línea debe ser
diseñado para tener suficiente impedancia en tierra de tal manera que, cuando
se conecta apropiadamente al sistema aislado, la corriente máxima interna que
puede circular a través del monitor de aislamiento de línea, cuando cualquier
punto del sistema aislado sea aterrizado, debe ser de 1 miliampere.
Excepción: El monitor de aislamiento de línea puede
permitirse que sea del tipo de baja impedancia, de tal manera que la corriente
a través de él, cuando cualquier punto del sistema aislado sea aterrizado, no
exceda de dos veces el valor de alarma para un período que no exceda de 5
milisegundos.
Nota: La reducción de la corriente de peligro del
monitor, proporciona como resultado el incremento de valores de "no
alarma" para la corriente de peligro de falla, por lo que puede
incrementar la capacidad del circuito.
3) Se debe conectar un amperimetro calibrado en el
sistema de corriente de peligro total (contribución de la corriente de peligro
del monitor) en un lugar plenamente visible sobre el monitor de aislamiento de
línea con la "zona de alarma" al centro de la escala aproximadamente.
Excepción:El monitor de aislamiento de línea puede
operar como una unidad compuesta, con una sección sensible cableado a una
sección separada de tipo panal y carátula en la cual la alarma o las funciones
de prueba están localizadas.
Nota: Es recomendable localizar el amperímetro de
tal manera que sea muy visible para las personas que están en el lugar de
anestesia.
ARTICULO
518 - LUGARES DE CONCENTRACION PUBLICA
518-1.
Alcance. Esta sección cubre todos los inmuebles o parte de
ellos o estructuras diseñadas o destinadas para la reunión de 100 ó más
personas.
518-2.
Clasificación general. Los lugares de concentración pública incluyen, pero
no se limitan a:
Arenas de box
Armerías
Auditorios
Bancos
Bares y cantinas
Bibliotecas públicas
Boliches y billares
Cárceles y reclusorios
Carpas y circos
Centros nocturnos
Cines
Edificios de oficinas públicas
Edificios de oficinas privadas donde se atienda al
público
Escuelas y demás centros docentes
Establecimientos comerciales
Estadios
Ferias y exposiciones
Galerías o salas de exposición
Gimnasios y centros deportivos
Hospitales y clínicas
Hoteles, moteles y albergues
Iglesias y templos
Funerarias
Mercados
Museos
Pistas de patinaje
Plazas taurinas
Restaurantes y cafeterías
Salas para conferencias
Salones de baile y fiesta
Teatros
Terminales para pasajeros (aéreas, terrestres,
marítimas)
La ocupación de cualquier salón o espacio para
propósitos de reunión de menos de 100 personas en un edificio u otro local, o
que esta destinado para otro uso, debe clasificarse como parte del otro local,
es decir, para los fines a que está destinado, y sujeto a las disposiciones que
le sean aplicables.
Cuando una estructura de un inmueble o parte del
mismo, contiene una saliente o plataforma de escenario, o una área para
representaciones teatrales o musicales, ya sea fija o portátil, el alambrado de
esta área y todo el equipo usado en ésta, asi como el equipo portátil y la
instalación para uso en producciones musicales que no estén conectados en
forma permanente, debe cumplir con el artículo 520.
518-3. Otros
artículos
a) Lugares clasificados como peligrosos. Los lugares
clasificados como peligrosos localizados en cualquier lugar de concentración
pública se deben instalar de acuerdo con el artículo 500.
b) Alambrado temporal. En Salas de
Exhibición, Conferencias y Exposiciones, el alambrado temporal se debe instalar
de acuerdo con el articulo 305: Alambrado Temporal, excepto que se permitan
cables y cordones flexibles certificados, pueden ser llevados sobre el piso y
deben estar protegidos de contacto con el público.
c) Sistemas de emergencia. El control
de los sistemas de emergencia debe cumplir con el artículo 700.
518-4.
Métodos de alambrado. Los métodos
de alambrado deben ser canalizaciones metálicas, no metálicas embebidas en un
espesor de concreto no menor de 50.8 mm, y usando conductores clasificados como
LS, cable tipo MI, o cable tipo MC.
Excepción No. 1. El cable con cubierta no metálica,
el cable tipo AC, las canalizaciones no metálicas, y las canalizaciones
rígidas no metálicas, se pueden instalar en aquellos edificios o parte de ellos
donde no se requieran de construcción a prueba de fuego por las disposiciones
reglamentarias de construcción aplicables.
Excepción No. 2. Como se establece en el articulo
640: Equipos de Grabación de Sonido y Similares, en el articulo 800: Circuitos
de Comunicación, en el articulo 725: Circuitos de Control Remoto y Señalización
Clase 2 y 3, y en el articulo 760: Circuitos de Señalización para Protección
contra el Fuego.
Nota: La Construcción clasificada Contra Fuego, es
la misma Clasificación de Resistencia al Fuego usada en los Reglamentos de
Construcción.
518-5.
Suministro. Los tableros portátiles y el equipo portátil de
distribución debe ser alimentado solamente desde una salida de potencia con
suficiente capacidad de corriente y tensión.
Dicha salida debe protegerse con dispositivos de sobrecorriente. Tales dispositivos de sobrecorriente y las
salidas no deben ser accesibles al público en general. Se debe tener previsiones para la conexión de
un conductor a tierra. El neutro de los alimentadores para un suministro de
atenuación de estado sólido de tres fases, 4 hilos, se debe considerar como un
conductor portador de corriente.
ARTICULO 520 - AREAS DE AUDIENCIA EN TEATROS, CINES,
ESTUDIOS DE TELEVISION Y LUGARES SIMILARES.
A. Disposiciones generales
520-1. Alcance.
Las disposiciones de esta sección se aplican a todos
los inmuebles o parte de ellos, diseñados o usados para representaciones
teatrales, musicales, proyecciones cinematográficas, o usos similares y áreas
para audiencias dentro de estudios de cine y televisión.
520-2.
Proyectores de cine. El equipo de cine, su instalación y uso, deben cumplir
con el articulo 540.
520-3.
Reproducción de sonido. Los equipos de reproducción de sonido y su
instalación deben cumplir con el articulo 640.
520-4.
Métodos de alambrado. Los métodos de alambrado deben ser canalizaciones
metálicas, no metálicas embebidas en un espesor de concreto no menor de 5 cm,
cable tipo MC, o cables tipo MI.
Excepción No. 1. El alambrado de tableros
portátiles, iluminación del escenario, efectos del escenario, y otros
alambrados no fijos, se permite con cables y cordones flexibles certificados
como se prevé en este articulo. No se
permite la fijación de tales cables y cordones mediante clavos o grapas no
aisladas.
Excepción No. 2. Como se indica en el articulo 640
para Grabación de Sonido, en el Articulo 800 para Circuitos de Comunicación, en
el artículo 725 para Circuitos de Control Remoto y Señalización Clase 2 y Clase
3, y en el artículo 760 para Circuitos de Señalización de Protección contra
Incendio.
Excepción No. 3. El cable con cubierta no metálica,
el cable tipo AC, las canalizaciones no metálicas, y las canalizaciones rígidas
no metálicas se pueden instalar en aquellos edificios o parte de ellos donde no
se requiera construcción a prueba de fuego por las disposiciones
reglamentarias de construcción aplicables.
520-5. Número
de conductores en canalizaciones. El número de conductores permitidos en cualquier
tubo rígido metálico o no metálico, o ductos metálicos eléctricos para
circuitos de escenario o para conductores de control remoto, no debe exceder el
porcentaje de relleno de la Tabla 1 del Capitulo 9. Cuando los conductores se encuentren en
ductos con tapa, u otros auxiliares, la suma de las áreas de las secciones
transversales de ellos, no debe exceder el 20 por ciento de la sección
transversal de esta canalización. El
limite de 30 conductores de las secciones 362-5 y 374-5 no se aplica.
520-6.
Resguardo de partes vivas. Las partes vivas deben encerrarse o protegerse para
prevenir el contacto accidental con personas u objetos. Todos los interruptores
deben ser del tipo de operación desde fuera. Los atenuadores luminosos,
incluyendo reóstatos, se colocan en gabinetes que encierren todas las partes
vivas.
520-7.
Sistemas de emergencia. El control de los Sistemas de Emergencia debe
cumplir con el Articulo 700: Sistemas de emergencia.
520-8. Circuitos derivados. Un circuito derivado de cualquier tamaño que
alimente uno o más tomacorrientes, puede alimentar la iluminación del
escenario. La tensión nominal de los
tomacorrientes no debe ser menor que la tensión del circuito.
La capacidad en amperes de los tomacorrientes y la
capacidad de los conductores del circuito derivado, no debe ser menor que la
protección del circuito derivado. No
debe aplicarse la tabla 210-21(b)(2).
B.
Tableros para escenarios fijos
520-21.
Frente muerto. Los tableros para escenarios deben ser del tipo de
frente muerto y deben cumplir con la parte C del Artículo 384, a menos que
estén certificados basados en su utilidad como tablero para escenarios.
520-22.
Resguardo de la parte posterior de los tableros. Los tableros de distribución para escenarios que
tengan partes vivas expuestas en la parte posterior, deben encerrarse con las
paredes del local, mallas de alambre, o por cualquier otro m&todo
aprobado. El acceso a este recinto será
por medio de una puerta de cierre automático.
520-23.
Control y protección contra sobrecorriente de circuitos de
tomacorrientes. Se debe proveer protección contra sobrecorriente en
el tablero de iluminación del escenario al cual se conectan los circuitos de
carga de los circuitos derivados de iluminación del escenario, incluyendo los
circuitos derivados que alimentan los tomacorrientes del escenario y la
sala. Cuando el Tablero contenga
atenuadores para el control de la iluminación que no sea parte del escenario,
se permite la localización de los dispositivos de protección contra sobrecorriente
en el tablero del escenario.
520-24.
Cubierta metálica. Un tablero de escenario que no está completamente
cerrado, con su frente y fondo muertos o que no esté empotrado, debe estar
provisto con una cubierta metálica que cubra toda su longitud para proteger a
todo el equipo de objetos que puedan caer o penetrar.
520-25.
Atenuadores. Los atenuadores
deben cumplir con (a) hasta (d) siguientes:
a) Desconexión y protección contra sobrecorriente. Cuando los
atenuadores se instalen en conductores activos, cada atenuador debe tener una
protección contra sobrecorriente no mayor al 125 por ciento de la capacidad
nominal del atenuador, y debe desconectarse de todos los conductores activos
cuando el interruptor general o individual que lo alimenta se encuentre en
posición de abierto.
b) Atenuadores del tipo de resistencias o
reactancias. Los atenuadores del tipo de resistencias o
reactancia en serie se pueden instalar en un conductor puesto o no a tierra
del circuito. Cuando se diseñan para
abrir el circuito alimentador del atenuador o el controlado por ellos, el
atenuador debe cumplir con la sección 380-1.
Los atenuadores del tipo resistencia o reactancia en serie instalados
sobre el conductor neutro puesto a tierra del circuito, no deben abrir el
circuito.
c) Atenuadores tipo autotransformador. El circuito
alimentador de un atenuador del tipo autotransformador no debe exceder de 150 V
entre conductores. El conductor puesto a
tierra será común a los circuitos de entrada y salida.
d) Atenuadores de estado sólido. El circuito
alimentador de un atenuador de estado sólido no debe exceder de 150 V entre
conductores, a menos que el atenuador esté específicamente certificado para una
tensión mayor. Cuando un conductor
puesto a tierra alimenta a un atenuador, debe ser común a los circuitos de
entrada y salida. El armazón del
atenuador debe estar conectado al conductor de puesta a tierra del equipo.
Nota: Ver sección 210-9 para circuitos derivados de
autotransformadores.
520-26. Tipo
de tablero.
Los tableros de escenario deben ser uno o una
combinación de los siguientes tipos:
a) Manual. Los atenuadores o
interruptores se operan mediante palancas acopladas a los dispositivos de
control.
b) Control remoto. Los dispositivos se operan
eléctricamente desde un tablero o consola del tipo piloto. Los tableros de control piloto pueden ser
parte del tablero de distribución o estar ubicados en otro lugar.
c) Intermedios. Un tablero de escenario con
circuitos interconectados es un tablero secundario (de repuesto) o tablero
remoto del tablero primario de escenario.
Debe tener protección contra sobrecorriente. Cuando la protección contra sobrecorriente
requerida para el circuito derivado se encuentra en el tablero de atenuación,
se permite omitirla en el tablero intermedio.
520-27.
Alimentadores de tableros de escenarios.
Los alimentadores para tableros de escenarios debe
ser uno de los siguientes:
a) Alimentador individual. Un
alimentador individual desconectado por un dispositivo de desconexión
individual. El neutro de un alimentador
de sistemas de atenuación de estado sólido de 3 fases, 4 hilos, debe
considerarse portador de corriente.
b) Alimentadores múltiples de tableros de escenario
intermedios (tableros de repuesto). Se permiten alimentadores
múltiples en cantidad ilimitada, siempre que todos ellos formen parte de un
solo sistema. Cuando se combinen, los
conductores neutros en una canalización dada deben tener la suficiente
capacidad de conducción de corriente para llevar la máxima corriente de
desbalance de los múltiples alimentadores en la misma canalización, pero no
necesariamente mayor que la capacidad de conducción de corriente del neutro
alimentador del tablero de escenario primario.
Los conductores neutros que se pongan en paralelo deben cumplir con la
sección 310-4.
El neutro de los alimentadores que suministran a un
sistema atenuador de 3 fases, 4 hilos, debe considerarse como un conductor
portador de corriente.
c) Alimentadores separados para tableros de
escenario primarios individuales (banco de atenuadores). Las instalaciones
con alimentadores separados a tableros de escenario primarios individuales
deben tener un medio de desconexión para cada alimentador. El tablero de escenario primario debe tener
una marca permanente y visible estableciendo el número y localización de los
medios de desconexión. Si los medios de
desconexión se extienden en más de un tablero de distribución, el tablero de
escenario primario debe tener medios de identificación que correspondan a estas
distintas ubicaciones. El conductor
neutro de alimentadores a sistemas de atenuación de estado sólido de 3 fases, 4
hilos, se considera un conductor portador de corriente.
Para determinar la capacidad de alimentación a
tableros, se permite considerar la carga máxima que el tablero controla en una
instalación dada, siempre que los alimentadores al tablero estén protegidos por
un dispositivo contra sobrecorriente con un valor nominal no mayor a la
capacidad de conducción de corriente del alimentador, y que la apertura del
dispositivo contra sobrecorriente no tenga ningún efecto sobre la salida de
sistemas de iluminación de emergencia.
Nota: Para calcular los alimentadores para cargas de
tableros de escenario, ver la sección 220-10.
C.
Equipos fijos para escenarios
520-41.
Cargas de los circuitos. Los circuitos derivados que alimenten las
lámparas de piso, colgantes y laterales del proscenio, no deben exceder una
carga mayor de 20 A.
Excepción: Cuando se usen solamente portalámparas
del tipo de servicio pesado, tales circuitos deben cumplir con el artículo 210
Para circuitos de portalámparas tipo servicio pesado.
520-42.
Aislamiento de conductores. Las luminarias de piso,
colgantes, laterales del proscenio, líneas portátiles y conectores, deben
alambrarse con conductores con aislamiento adecuado a la temperatura de
operación, pero no menor a 125°C. La
capacidad de conducción de corriente de los conductores de 125°C debe ser la de los conductores a 60°C, para condiciones normales
de operación. Las cubiertas de los
conectores deben ser de 90°C, con no mas de 152 mm del conductor dentro del
conector. En este caso no se aplican las
tablas de capacidad de conducción de corriente de 0 a 2000 V del articulo 310,
Nota 8(a).
Nota: Ver tabla 310-13 Para tipos de cables
520-43. Luces
de piso o candilejas.
a) Canal metálico continuo. Si Para las
luces de piso se usa un canal metálico, éste debe ser de lámina no menor que 20
MSG con tratamiento contra la oxidación. Las terminales de los portalámparas
deben estar al menos a 13 mm de separación del metal del canal. Los conductores del circuito deben soldarse a
las terminales de los portalámparas.
b) Otras construcciones diferentes al canal
metálico. Cuando no se utilice el canal metálico
especificado en la sección 520-43(a), las lámparas de piso deben ser del tipo
con salidas individuales, con portalámparas alambradas con conduit metálico
tipo pesado, o tipo ligero, o tubo metálico flexible, o cable tipo MC, o cable
tipo aislamiento mineral, o cable con cubierta metálica. Los conductores del circuito deben soldarse a
las terminales de los portalámparas.
c) Luces de piso ocultas. Las luces de
piso ocultas se deben disponer de manera que el suministro de corriente se
desconecte automáticamente, cuando las luces se oculten en el nicho designado
al efecto.
520-44. Luces
Colgantes y Laterales del Proscenio.
a) Disposiciones generales. Las luces de
bambalinas y proscenio deben (1) construirse como se especifica en la sección
520-43; (2) soportarse y colocarse adecuadamente; y (3) diseñarse de manera que
el borde de los reflectores y otras guardas, protejan a las lámparas de daño
mecánico, y de contacto accidental con el escenario u otros materiales
combustibles.
b) Cables Para luces de bambalinas. Los cables
Para alimentar las luces de colgantes deben ser del tipo certificado Para uso
extra pesado. Los cables deben soportarse adecuadamente. Tales cables deben
emplearse sólo cuando el uso de los conductores flexibles se hagan
necesarios. La capacidad de conducción
de corriente de los conductores debe ser la que se indica en la sección 400-5.
Excepción.
Los cordones certificados tipo muticonductor Para uso extra-pesado que
no estén en contacto directo con el equipo que contienen fuentes de calor,
pueden tener una capacidad de conducción de corriente determinada en la Tabla
520-44. La máxima corriente de carga de
cualquier conductor no debe exceder los valores de la Tabla 520-44.
Tabla 520-44.
Capacidad de corriente permitida para cables de uso extra-pesado con
temperatura nominal de 75 y 90 °C.
Tamaño
|
Temperatura
nominal del
cable
|
Valor máximo de
sobrecarga del
dispositivo de
protección.
|
|
mm2
|
75 °C
|
90 °C
|
|
2.08
3.31
5.26
8.37
13.30
21.15
33.60
|
24
32
41
57
77
101
133
|
28
35
47
65
87
114
152
|
15
20
25
35
45
60
80
|
* La
capacidad de corriente indicada, es la capacidad permitida para cables
multiconductores donde hay solamente 3 conductores de cobre que conducen
corriente. Si el número de conductores
portadores de corriente en un cable excede al número de tres, y el factor de
diversidad de carga es como mínimo de 50%, la capacidad permitida de cada
conductor debe reducirse como se muestra en la siguiente tabla.
Número de Conductores
|
Porciento de Capacidad
permitido
|
4 a 6
7 a 24
25 a 42
43 en adelante
|
80
70
60
50
|
Nota:
Temperatura máxima de aislamiento. En ningún caso los conductores deben
asociarse a la clase de circuito, el método de alambrado o al número de
conductores de tal manera que se exceda el limite de temperatura de los
conductores.
520-45.
Tomacorrientes. Los tomacorrientes para equipos eléctricos o
luminarias en el escenario deben llevar marcado su valor en Amperes. Los
conductores que alimentan estos tomacorrientes deben estar en concordancia con
los Artículos 310 y 400.
520-47.
Lámparas en el tablado del escenario. Las lámparas instaladas en los tablados de los
escenarios deben resguardarse de daño físico y proveerse con un espacio de aire
no menor a 50 mm entre tales lámparas y cualquier material combustible.
520-48.
Motores para telones. Las motores para telones deben estar aprobados para
su uso.
520-49.
Control de Ventilación. Cuando los
controles de ventilación del escenario se hacen mediante un dispositivo
eléctrico, el circuito que opera el dispositivo debe ser del tipo normalmente
cerrado y controlado por al menos 2 interruptores de operación externa, uno
colocado en el escenario ya sea en la estación del electricista o jefe del
escenario, y otro ubicado donde lo designe la autoridad competente.
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