430-37. Conductores donde deben colocarse dispositivos que no sean
fusibles. Cuando se utilicen dispositivos que no sean
fusibles para la protección contra la sobrecarga del motor, el número minimo
permitido y la ubicación de los dispositivos de sobrecarga, tales como bobinas
de disparo, o relé, deben estar de acuerdo con la tabla 430-37.
Tabla
430-37. Unidades de sobrecarga para
protección del motor
Tipo de motor
|
Sistema de alimentación
|
Número y ubicación de
unidades de sobrecarga tales como bobinas de disparo o relevadores.
|
1 fase CA o CD
|
2 hilos, 1 fase CA o CD,
conductores no puestos a tierra.
|
1 en cualquier conductor
|
1 fase CA o CD
|
2 hilos, 1 fase CA o CD
un conductor puesto a tierra.
|
1 en el conductor no
puesto a tierra
|
1 fase CA o CD
|
3 hilos, 1 fase CA o CD
conductor neutro puesto a tierra.
|
1 en cualquiera de los
conductores no puestos a tierra
|
1 fase CA
|
Cualquiera de las 3
fases
|
1 en el conductor no
puesto a tierra
|
2 fases CA
|
3 hilos, 2 fases CA, no
puestos a tierra.
|
2, uno en cada fase
|
2 fases CA
|
3 hilos, 2 fases CA, 1
conductor puesto a tierra.
|
2 en los conductores no
puestos a tierra
|
2 fases CA
|
4 hilos, 2 fases CA, con
o sin aterrizar
|
2, uno por fase en
conductores no puestos a tierra
|
2 fases CA
|
5 hilos, 2 fases CA,
conductor neutro puesto o no a tierra.
|
2, uno por fase en
cualquier conductor no puesto a tierra.
|
3 fases CA
|
Cualquiera de las 3 fases
|
3, uno en cada fase*
|
* Excepción: cuando sea protegido por otros medios aprobados.
430-38. Número de conductores
abiertos por el dispositivo de sobrecarga. Los dispositivos de protección
contra sobrecarga de los motores que no sean fusibles, elementos térmicos de
corte o protectores térmicos, deberán desconectar simultaneamente un numero
suficiente de conductores activos para interrumpir la corriente del motor.
430-39.Control del motor como protección contra sobrecarga. El control
del motor puede servir como dispositivo de sobrecarga, si el número de
unidades de sobrecarga cumple con la tabla 430-37 y si estas unidades de sobrecarga
funcionan en las posiciones de arranque y de marcha en el caso de motores de
corriente continua, y en la posicion de marcha en el caso de motores de
corriente alterna.
430-40. Relevador de
sobrecarga. Los elementos térmicos de corte, relevador de
sobrecarga y otros dispositivos para la protección contra sobrecarga del motor,
que no sean capaces de interrumpir cortocircuitos, deben estar protegidos por
fusibles o interruptores automaticos con capacidad o ajuste de acuerdo con la
sección 430-52, o por un fusible protector de motores (MSCP) de acuerdo con la
sección 430-52.
Excepción No 1: A menos que estén aprobado para la instalación en
grupo y lleven marcada la capacidad maxima del fusible o del interruptor
termomagnetico de tiempo inverso mediante el cual estan protegidos.
Excepción No 2: La intensidad nominal del fusible o del interruptór automático
debe estar marcada sobre la placa de caracteristicas del equipo aprobado en el
cual se use el elemento térmico de corte o relevadores de sobrecarga.
Nota: Para interruptores termomagnéticos de disparo instantáneo o
fusibles protectores de motores. Ver sección 430-52.
430-42. Motores en circuitos
derivados de uso general. La protección contra sobrecarga para motores instalados
en circuitos derivados de uso general, permitida en el Artículo 210, se
dispondrá como se indica en (a), (b), (c) o (d) a continuación:
a) No mayor de 746 W (1 Hp) En los circuitos derivados de uso general pueden conectarse uno o más
motores sin protección individual contra sobrecargas solamente cuando se
cumplan las condiciones limitadoras
especificadas para dos o más motores en la sección 430-32(b) y (c), y secciones
430-53 (a)(1) y (a)(2).
b) Mayor de 746 W (1 Hp) Los motores de potencias mayores que las especificadas en la sección
430-53 (a) pueden ser conectados a circuitos derivados de uso general solamente
en caso de que cada motor esté protegido contra sobrecargas según lo indicado
en la sección 430-32. Tanto el control
como el dispositivo de protección contra sobrecargas serán aprobados para su
instalación en grupo con el dispositivo de protección contra cortocircuito y
falla a tierra debidamente seleccionado de acuerdo con la sección 430-53.
c) Conectados mediante enchufe y tomacorriente. Cuando un motor se conecta a un circuito derivado por medio de un
enchufe y tomacorriente y la protección individual contra sobrecarga es
omitida, como está indicado en (a) anterior, la capacidad del enchufe y toma
corriente no sera mayor de 15 A a 120 V ó 10 A a 250 V.
Cuando la protección individual contra sobrecarga es necesaria, como
se prevé en (b) anterior, para un motor o un aparato accionado por motor
provisto de un enchufe para conectarlo a un circuito derivado a través de un
tomacorriente, el dispositivo contra sobrecarga será una parte integral del
motor o del aparato. La capacidad del
enchufe está prevista en la sección 210.
d) Retardo de tiempo. El dispositivo de protección contra cortocircuito y falla a tierra de
un circuito derivado en el cual el motor o aparato accionado por motor está
conectado, tendrá el suficiente retardo de tiempo para permitir que el motor
arranque y acelere con carga.
430-43. Repetición automatica
de arranques. No se instalara ningún dispositivo contra
sobrecarga, que pueda arrancar nuevamente en forma automática un motor después
de un disparo por sobrecarga, a menos que sea aprobado para utilizarse con el
motor que protege. Un motor que pueda
volver a arrancar automáticamente después de pararse, no se instalará si al
volver a arrancar, puede ocasionar daños a personas.
430-44. Paradas
programadas. Si una parada automática inmediata de un motor
mediante un dispositivo de protección de sobrecarga introduce riesgos
adicionales o incremente los riesgos a personas, y si una operación continua
del motor es necesaria para una parada segura del equipo o proceso, debe
conectarse un dispositivo(s) sensor de sobrecarga del motor de acuerdo con las
disposiciones de la parte C de esta sección, a una alarma supervisada, en vez
de causar una interrupción inmediata del motor, para que pueda iniciarse una
acción correctivá o una paralización ordenada.
D.
Protección del circuito derivado del motor contra
cortocircuitos
y fallas de tierra
430-51. Disposiciones
generales. Las disposiciones de la Parte D especifican los
dispositivos de sobrecorriente destinados a proteger los conductores del circuito
derivado de motores, los aparatos de control de motores y los motores, contra
corrientes debidas a cortocircuitos o fallas de tierra. Estas disposiciones se
suman a las disposiciones del Artículo 240, o las modifican.
Los dispositivos contemplados en la parte D no incluyen aquellos requeridos por las secciones 210-8 y 230-95 y
305-6. Las disposiciones de la parte D no se aplican a circuitos de motores con
tensiones mayores de 600 V.
430-52.Capacidad nominal o ajuste para los circuitos de un solo motor. El dispositivo de protección contra corto circuitos y fallas de tierra
del circuito derivado del motor, deberá ser capaz de soportar la corriente de
arranque del motor.
a) Aplicaciones generales para
los motores. Otras especificaciones indicadas en el punto (b), a
continuación, se refiere a los dispositivos especificos instalados los cuales
en sus capacidades no deben exceder los valores dados en la tabla 430-152.
Excepción No. 1: Cuando los valores determinados por la tabla 430-152
para los dispositivos de protección contra corto circuito y falla de tierra no
correspondan a los tamaños o capacidades nominales de los fusibles,
interruptores termomagneticos no ajustables o dispositivos térmicos de
protección, o posibles ajustes de interruptores termomagnéticos ajustables
adecuados para soportar la carga, el tamaño, capacidad nominal o ajuste
inmediato superior serán permitidos.
Excepción No. 2: Cuando los valores especificados por la tabla 430-152
no son suficientes para la corriente de arranque de motor:
a) La capacidad de un fúsible
del tipo sin retardo y no mayor de 600
A podrá ser aumentada, pero en ningún caso podrá exceder
el 400% de la corriente del motor a plena carga.
b) La capacidad de un fusible
con retardo de tiempo (doble elemento) podrá ser aumentada, pero en ningún caso
será mayor del 225 % de la corriente a plena carga.
c) El ajuste de un interruptor termomagnético de tiempo inverso puede
aumentarse, pero en ningun caso se excederá (1) 400 % de corrientes a plena
carga de 100 A o menos o (2) 300 % para corrientes a plena carga de 100 A o
mayores.
d) La capacidad de un fusible
clasificado entre 601 a 6000 A podrá ser aumentada, pero en ningún caso podrá
exceder el 300% de la corriente del
motor a plena carga.
Nota: Ver Sección 240-6 para
capacidades nominales de fusibles o interruptores termomagnéticos.
Se usará un interruptór de disparo instantáneo solamente si es
ajustable y si sólo forma parte de un control tipo de combinación que tenga
protección contra sobrecargas del motor, asi como protección contra
cortocircuito y falla a tierra en cada conductor y si operará a no más del
1300% de la corriente del motor a plena carga.
Podrá usarse un fusible protector de motor en lugar de los
dispositivos indicados en la tabla 430-152, siempre que éste sea parte de un
control tipo de combinación que tenga a la vez protección contra sobrecarga del
motor y contra cortocircuito y falla a tierra en cada conductor y que funcione
a no más de 1300% de la corriente a plena carga del motor.
Nota: Un interruptor de disparo instantaneo o fusible protector de
motor sera usado sólo como parte de un control tipo de combinación que provea
protección coordinada del circuito derivado del motor contra sobrecarga,
cortocircuito y falla a tierra.
Excepción: Cuando los ajustes especificados en la tabla 430-152 no son
suficientes para la corriente de arranque del motor, el ajuste de un
interruptor de disparo instantáneo podrá ser incrementado pero en ningun caso
excederá el 1300% de la corriente a plena carga del motor. Se deben permitir los rangos de disparo de
más de 700% cuando su uso sea demostrado por un estudio de ingenieria. En tales casos, no será necesario primero
aplicar un 700% al interruptor .
Para un motor de varias velocidades, se podrá usar un solo dispositivo
de protección contra cortocircuito y fallas de tierra para dos o mas devanados
del motor, siempre que la capacidad del dispositivo de protección no sea mayor
que el porcentaje aplicable del devanado a proteger mas pequeño.
Excepción: Para un motor de
varias velocidades, se debe permitir y seleccionar un dispositivo de protección
contra cortocircuito y falla a tierra de acuerdo a la corriente de plena carga
del devanado mayor, cada devanado debe estar provisto con protección contra sobrecarga
individual, seleccionada de acuerdo a su corriente de plena carga y tomando en
cuenta que los conductores que alimentan el circuito derivado están
dimensionados de acuerdo a la corriente de plena carga del devanado mayor.
Cuando la capacidad máxima de un dispositivo de protección contra
cortocircuitos y falla a tierra esté indicada en la tabla de relés de
sobrecarga publicada por el fabricante para ser usada con un control de motor,
o este en otra forma marcada en el equipo, su valor no deberá ser sobrepasado
aun si se permiten valores mayores, de acuerdo con lo indicado anteriormente.
Un fusible adecuado podrá ser
usado en lugar de los dispositivos indicados en la tabla 430-152 para un
sistema de velocidad variable, siempre y cuando esté provista una lista de
fusibles de reemplazo adyacente a los fusibles.
b) Motores de alto par. Los motores de alto par de circuitos derivados deben estar protegidos
segun la corriente de placa que tengan y de acuerdo a la sección 240-3(b).
430-53. Varios motores o cargas
de un circuito derivado. Dos o más motores, o uno o más motores y otras
cargas, podran conectarse al mismo circuito en las condiciones indicadas en
(a), (b), o (c) a continuación:
a) No mayor de 746 W (1 Hp). Varios
motores cuya potencia individual no exceda de 746 W (1 Hp) podran conectarse a
un circuito derivado de 120 V, nominales, protegido a no más de 20 A o un
circuito derivado de 600 V nominales o menos, protegida a no más de 15 A, si se
cumplen las condiciones siguientes: (1) que el valor nominal de la corriente a
plena carga de cada motor no exceda de 6 A, (2) que no exceda el valor nominal
del dispositivo de protección contra cortocircuito y falla a tierra marcada en
cualquiera de los controles, (3) que la protección individual contra sobrecarga
de los motores esté conforme con lo establecido en la sección 430-32.
b) Cuando se protege el motor más pequeño. Si el dispositivo de protección contra cortocircuito y falla de tierra
del circuito derivado se ha seleccionado para que no sea mayor de lo permitido
en la sección 430-52 para el motor de menor potencia, dos o más motores o uno
o varios motores y otras cargas, pueden conectarse, siempre que cada motor
tenga su protección individual contra sobrecarga y siempre que se determine que
dicho dispositivo protector del circuito derivado no abrirá en las condiciones
de trabajo normales más severas que puedan ocurrir.
c) Otras instalaciones en
grupo. Se podrá conectar a un circuito derivado dos o más motores de
cualquier capacidad nominal o uno o más motores y otras(s) cargas(s) con un
motor que tenga protección individual contra sobrecarga, cuando el control del
motor y el(los) dispositivo(s) sean: (1) instalados como un conjunto de fabrica
aprobado y el dispositivo protector contra cortocircuito y falla del circuito
derivado del motor esté provisto, ya sea como parte del conjunto o especificado
como una marca en el conjunto, o (2) el dispositivo protector contra
cortocircuito y falla a tierra del circuito derivado del motor, el(los)
control(es) del motor y el o los dispositivos de sobrecarga sean instalados en
campo como conjuntos separados y aprobados para tal uso y provistos de las
instrucciones del fabricante para usarse entre sí, (3) todas las condiciones
siguientes se cumplen cuando:
1) El dispositivo de protección contra sobrecarga de cada motor deberá ser aprobado para instalación en
grupo con un valor máximo especificado para el fusible, interruptor automático
de tiempo inverso o ambos al mismo
tiempo.
2) Cada control del motor deberá ser aprobado para instalación en
grupo, con un valor máximo especificado para el fusible, el interruptor
automatico o ambos.
3) Cada interruptor automático debe ser de tipo de tiempo inverso y aprobado para ser instalado en
grupo.
4) El circuito derivado debe estar protegido por fusibles o
interruptores automáticos de tiempo inverso que tengan una capacidad no mayor
que la especificada en la sección 430-52,
para el mayor motor conectado al circuito derivado más una cantidad igual a la suma de las corrientes de
plena carga de los de más motores y las
capacidades nominales de otras cargas conectadas al circuito. Cuando este cálculo de por resultado una
capacidad nominal menor que la capacidad de corriente de los conductores de
alimentación, la capacidad del fusible o de los interruptores automáticos puede
aumentarse hasta un valor que no sea
mayor que el permitido por la sección 240-3, (b).
5) Los fusibles del circuito derivado o interruptores automáticos de tiempo inverso, no deben ser
mayores que lo permitido en la sección 430-40 para el elemento termico de corte
o los derivadores de sobrecarga que protegen el motor de menor potencia del
grupo.
Nota: Ver la Sección 120-11 para la impedancia del circuito y otras
caracteristicas.
d) Derivación de un circuito derivado para un solo motor. Para las instalaciones en grupo descritas anteriormente, los
conductores de cualquier derivación que alimenten un solo motor no necesitan un
solo dispositivo individual de protección contra corto circuito y falla a
tierra, siempre que cumplan con las condiciones siguientes: (1) ningun
conductor que alimente al motor tendra una capacidad de corriente menor que la
capacidad de los conductores del circuito derivado, (2) ningun conductor que
alimente el motor tendrá una capacidad de corriente menor que un tercio de la
de los conductores del circuito derivado con un minimo de ampacidad de acuerdo
con la sección 430-22, y siempre que los conductores que van al dispositivo de
protección contra sobrecarga del motor no tengan más de 7.60 metros de longitud
y estén protegidos contra daños materiales.
430-54. Equipos con varios
motores y cargas combinadas. El valor nominal del dispositivo de protección contra
cortocircuito y falla a tierra del circuito derivado para equipos con varios
motores para cargas combinadas no sobrepasará el valor aprobado en el equipo de
acuerdo con los requisitos de la sección 430-7 (d).
430-55. Protección contra
sobrecorriente combinada. La protección contra corto circuito y falla a tierra
de un circuito derivado de motor y la protección contra sobrecarga del motor
pueden combinarse en un solo dispositivo de protección, cuando la capacidad o
ajuste del dispositivo proporcione la protección contra sobrecarga especificada
en la sección 430-32.
430-56. Conductores en los que
se deben instalar dispositivos de protección del circuito derivado. Los dispositivos de protección de circuitos derivados deben cumplir
con los requisitos de la sección 240-20.
430-57. Tamaño de los portafusibles. Cuando se emplean fusibles para la protección contra corto circuito y
falla a tierra de un circuito derivado de un motor, los portafusibles no
tendrán un tamano menor que el requerido para instalar los fusibles
especificados en la tabla 430-152.
Excepción. Cuando los
portafusibles tienen un retardo de tiempo adecuado para caracteristicas de
arranque para el motor utilizado, se puede emplear portafusibles de menor
tamaño que los especificados en la tabla 430-152.
430-58. Capacidad nominal de
los interruptores automáticos. Los interruptores automáticos destinados a la
protección contra cortocircuito y falla tierra de los circuitos derivados de
motores deberán tener una corriente nominal de acuerdo con las secciones
430-52 y 430-110.
E.
Protección del alimentador del motor contra corto circuito
y
fallas a tierra.
430-61. Disposiciones
generales. Las disposiciones de esta parte especifican los
dispositivos de sobrecorriente destinados a la protección de los conductores de
alimentador de motores contra sobrecorrientes debidos a cortocircuitos y
fallas a tierra.
430-62. Capacidad o ajuste
(carga de motores)
a) Carga especifica. Un alimentador que sirve a una carga fija y
específica de motores cuyos conductores tienen secciones basadas en la sección
430-24, deberá estar provisto de un dispositivo de protección de valor nominal
o rango de ajuste no mayor de la capacidad o rango de ajuste del mayor de los
dispositivos de protección del circuito derivado contra cortocircuito y falla a
tierra de cualquiera de los motores del grupo (basada en la tabla 430-152 o la
sección 440-22(a) para compresores de motores hermeticos refrigerantes), más la
suma de las corrientes a plena carga de los otros motores del grupo. Si dos o
más circuitos derivados del grupo poseen dispositivos contra cortocircuito y
falla a tierra de igual capacidad o ajuste, se considera a uno solo de ellos
como el mayor para los cálculos anteriores.
Excepción: Cuando uno o más
interruptores termomagnéticos o protectores del motor contra corto circuito se
usen para protección del circuito derivado del motor contra corto circuito y
falla a tierra del motor, según lo permite la sección 430-52(a), el
procedimiento descrito anteriormente para determinar el máximo rango del dispositivo
en el alimentador, se debe aplicar lo siguiente :
Para propósitos de calculo, cada interruptor termomagnético o
protector contra cortocircuito debe tener un rango que no exceda el máximo
porcentaje de la corriente del motor a plena carga, permitida por la tabla
430-152 para el dispositivo de protección en el alimentador usado.
b) Expansiones futuras. Para las instalaciones que incluyan
alimentadores de gran capacidad, previstas para expansiones futuras, el valor
nominal o ajuste de los dispositivos de protección del alimentador podrá
basarse en la capacidad de corriente de sus conductores.
430-63. Capacidad o ajuste. Cargas de fuerza y
alumbrado. Cuando un alimentador sirve
cargas de motores y además cargas de alumbrado, o de alumbrado y aparatos, el
dispositivo de protección del alimentador puede tener una capacidad o ajuste
suficientes para soportar las cargas de alumbrado, o de alumbrado y aparatos,
determinada de acuerdo con los Articulos 210 y 220; además, para el caso de un
solo motor, la capacidad permitida por la seeción 430-52, y para dos o más
motores, la capacidad permitida en la sección 430-62.
F.
Circuitos de control de motores
430-71. Disposiciones
generales. Esta parte contiene modificaciones de los
requisitos generales y se aplica a las condiciones particulares de los
circuitos de control de motores.
Ver sección 430-9(b), para los requerimientos de los dispositivos de
control.
Definición de circuito de control de motor. El circuito
de control de un aparato o sistema de control, es el circuito que transportá
las señales eléctricas que gobiernan el funcionamiento del control, pero no
transporta la corriente del circuito principal de potencia.
430-72. Protección contra sobre
corriente.
a) Disposiciones generales. Un circuito de control de
motor, conectado al lado de carga de un dispositivo (o dispositivos) de
protección contra cortocircuitos y falla a tierra y que controle el motor o
motores conectados al circuito será protegido contra sobrecorriente de acuerdo
con la sección 430-72.
Dicho circuito de control derivado, no será considerado como tal y se
permitirá su protección, ya sea por un dispositivo o dispositivos
suplementarios, o por dispositivos de protección contra sobrecorriente de
circuitos derivados.
Cualquier otro circuito de control de motor será protegido contra
sobrecorriente de acuerdo con las secciones 725-12 ó 725-35, según el caso.
b) Protección de conductores. La protección de
sobrecorriente para los conductores, no excederá los valores especificados en
la Columna A de la tabla 430-72(b).
Excepción No. 1: Los conductores que no se extiendan fuera de la
cubierta del equipo de control del motor requerirán protección sólo contra
cortocircuito y falla a tierra y podrán ser protegidos por el o los
dispositivos protectores contra corto circuito y falla a tierra del circuito
derivado del motor, cuando la capacidad del dispositivo o los dispositivos
protectores no sea mayor que el valor especificado en la columna B de la tabla
430-72(b).
Excepción No. 2: Valido para (1).
Los conductores de 2.082 mm2 o mayores que los conductores
que no se extiendan fuera de la cubierta del equipo de control del motor
requerirán sólo protección contra cortocircuito y falla a tierra y podrán estar
protegidos por el o los dispositivos protectores contra cortocircuito y falla a
tierra del circuito derivado del motor, cuando la capacidad del dispositivo o
los dispositivos protectores no sea mayor que el valor especificado en la
columna C de la tabla 430-72(b).
Excepción No.3: Valido para (1) y (2).
Los conductores en el lado secundario de un transformador monofásico que
tenga sólo dos cables en el secundario, sera considerado como protegido contra
sobrecorriente provista en el lado primario (de suministro) del transformador,
siempre y cuando esta protección no exceda el valor determinado al multiplicar
el valor máximo apropiado del dispositivo de sobrecorriente para el conductor
secundario de la tabla 430-72(b), por la relación de voltaje secundario
primario.
Los conductores secundarios del transformador (que no sean de dos
hilos) no se considerán por la protección de sobrecorriente del primario.
Excepción No.4. Valido para (1) y (2).
Los conductores de un circuito de control sólo requerirán protección
contra cortocircuito y falla a tierra del circuito derivado del motor cuando la
apertura del circuito de control pudiera crear un riesgo, como por ejemplo el
circuito de control de los motores de las bombas de incendio y similares.
Tabla
430.72 (b) Máximo rango de los dispositivos
de
sobrecorriente
Conductor del circuito
de control mm2
|
Columna A, Regla Básica
|
Columna B, Excepción 1
|
Columna C, Excepción 2
|
|||
Cobre
|
Aluminio
|
Cobre
|
Aluminio
|
Cobre
|
Aluminio
|
|
0.823
|
7
|
25
|
7
|
|||
1.307
|
10
|
40
|
10
|
|||
2.082
|
nota 1
|
100
|
45
|
|||
3.307
|
nota 1
|
nota 1
|
120
|
100
|
60
|
45
|
5.260
|
nota 1
|
nota 1
|
160
|
140
|
90
|
75
|
>
5.260
|
nota 1
|
nota 1
|
nota 2
|
nota 2
|
nota 3
|
nota 3
|
Nota 1: Valores especificados en la sección 310-15, según sea aplicable
Nota 2: 400 % del valor especificado en la tabla 310-17 para
conductores de 60 °C.
Nota 3: 300 % del valor especificado en la tabla 310-17 para
conductores de 60 °C.
c) Transformadores de los
circuitos de control. Cuando se provee un transformador en el circuito de
control, será protegido de acuerdo con el Articulo 450.
Excepción No. 1: Cuando los transformadores del circuito de control con capacidad menor de 50 VA sean
parte integral del control del motor y estén localizados dentro de la cubierta
del control del motor.
Excepción No.2: Cuando la corriente primaria del transformador del
circuito de control sea menor de dos amperes, un dispositivo de
sobrecorriente, valorado o ajustado a no más de 500% de la corriente primaria,
podrá estar en el circuito primario.
Excepción No.3: Cuando el transformador alimenta un circuito clase I
de potencia limitada (ver la sección 725-11 (a)), circuitos de control remoto
clase dos o clase tres, conforme con los requisitos del Articulo 725 (ver el
Articulo 725, parte (c)).
Excepción No.4: Cuando la protección es suministrada por otros medios
aprobados.
Excepción No.5: La protección contra sobrecorriente sera omitida,
cuando la apertura del circuito de control pudiera crear un riesgo como, por
ejemplo, el circuito de control de los motores de las bombas de incendio y
similares.
430-73. Protección mecanica del
conductor. Si al fallar un circuito de control de motor
resultase un riesgo, todos los conductores de dicho circuito de control remoto
del motor que estén fúera del dispositivo de control mismo, deberán instalarse
en una canalización o estar protegidos de alguna otra manera adecuada contra
daños materiales.
Cuando el conductor de un lado del circuito de control de motor esté
puesto a tierra, el circuito de control de motor se dispondrá de manera tal que
si se produce un contacto accidental a tierra en los dispositivos de control remoto
no arrancará el motor y no puenteará los dispositivos manuales de disparo o los
dispositivos automáticos de paro de seguridad.
430-74. Desconexión
a) Disposiciones generales. Los circuitos de control de motor se dispondrán de
forma que sean desconectados de todas las fuentes de suministro cuando los
medios de desconexión estén en la posición de abierto. Los medios de desconexión pueden estar
constituidos por dos o más dispositivos separados, uno de los cuales desconecta
el motor y el control de la fuente del suministro del motor, y los otros, el
circuito, o los circuitos de control de motor de su(s) fuente(s) de suministro. Cuando se utilicen dos dispositivos
separados, deberán instalarse uno junto al otro.
Excepción No. 1. Cuando sea necesario desconectar más de 12
conductores del circuito de control de motor, se permitirá que los dispositivos
de desconexión se ubiquen uno junto al otro, siempre y cuando se cumplan todas
las siguientes condiciones:
a) Se permita el acceso a las
partes vivas solamente a personas calificadas, de acuerdo con la parte K de
esta sección.
b) Deberá colocarse
permanentemente una señal de advertencia en la parte de la cubierta o tapa de
cada equipo que permita el acceso a las
partes activas de los circuitos de control del motor, alertando que los dispositivos
de desconexión de los circuitos de control de motor estén ubicados en zonas
alejadas al equipo y especificando la localización e identificación de cada
conexión.
Si las partes vivas no estan dentro de la cubierta de un equipo tal
como lo permiten las secciones 430-132 y 430-133, deberá ubicarse una o varias
señales de advertencia adicionales en un sitio visible, para las personas que
puedan estar trabajando en el área de las partes vivas.
Excepción No. 2: Si la apertura de uno o más de los dispositivos de
desconexión de los circuitos de control del motor pudiese originar condiciones potencialmente
inseguras tanto para el personal como para las propiedades y se cumplen las
condiciones (a) y (b) de la excepción No. 1. arriba mencionados.
b) Transformador de control en dispositivos de control. Cuando se utiliza un transformador u otro dispositivo para obtener una
tensión reducida para el circuito de control de motor, que esté localizado en
el dispositivo de control, dicho transformador o dispositivo se conectará del
lado de la carga de los dispositivos de desconexión del circuito de control del
motor.
G.
Controles de motores
430-81. Disposiciones
generales. Las disposiciones de esta parte estan destinadas a
especificar controles adecuados para todos los motores.
a) Definición. Para la definición de "controlador", véase
el Capitulo 1. Para los efectos de esta sección, el término "control"
comprende cualquier interruptor o dispositivo normalmente utilizando para el
arranque y parada del motor, actuando y frenando la corriente del circuito del
motor.
b) Motores estacionarios no mayores de 93.25 W (1/8 Hp). El dispositivo de protección contra sobrecorriente del circuito
derivado puede servir como controlador para motores estacionarios no mayores de
93.25 W (1/8 Hp) que normalmente se dejan funcionando y estan construidos de
forma que no puedan ser dañados ni por sobrecarga ni por falla en el arranque,
como por ejemplo, motores de relojes y similares.
c) Motores portatiles no mayores de 248.66 W (1/3 Hp). Para un motor portatil no mayor de 248.66 W (1/3 Hp), el controlador
puede ser un tomacorriente con su enchufe.
430-82. Diseño de controlador
a) Arranque y parada. Todo controlador debe ser capaz de poder arrancar y
parar el motor que controla y debe ser capaz de interrumpir la corriente de
rotor bloqueado del motor.
b) Autotransformador. Un arrancador de autotransformador tendrá una
posición de abierto, una posición de operación de marcha y, por lo menos, una
posición de arranque. Se diseñara de manera que no pueda quedar en la posición
de arranque o en cualquier otra posición que pueda dejar inoperante el
dispositivo de protección contra sobrecarga en el circuito.
c) Reóstatos. Los reóstatos de arranque deberán cumplir con lo
siguiente:
1) Los reóstatos de arranque de motores se diseñaran de manera que el brazo de contacto no pueda quedar
sobre segmentos intermedios. El contacto
sobre el cual queda el brazo en la posición de arranque no tendra conexión eléctrica con la resistencia.
2) Los reóstatos de arranque de los motores de corriente continua que
funcionan con suministro de tensión constante, estarán equipados con
dispositivos automáticos que interrumpan el suministro, antes de que la
velocidad del motor haya disminuido a
menos de la tercera parte de su valor nominal.
430-83. Rangos
a) Rango en watts al voltaje de suministro. El controlador tendrá una capacidad nominal en watts a la tensión de
suministro que no será menor que la del motor, con las excepciones siguientes:
Excepción No. 1: Para los motores estacionarios no mayores de 1492 W
(2 Hp) y de 300 V o menos, el controlador puede ser un interruptor de uso
general que tenga una capacidad en amperes de por lo menos el doble de la
corrientea plena carga del motor.
En los circuitos de corriente alterna, los interruptores de resorte de
uso general para corriente alterna solamente (no para c.a. y c.c.) pueden ser
utilizados para controlar un motor de 1492 W (2 Hp) o menos y 300 V o menos,
que tenga una corriente a plena carga que no exceda del 80% de la cantidad de
amperes del interruptor.
Excepción No.2: Un interruptor automatico de tiempo inverso, puede ser
utilizado como controlador. Cuando este
interruptor automático se utiliza también como protección contra sobrecorriente
deberá cumplir las siguientes disposiciones de esta sección, que rigen la
protección contra sobrecorriente.
Excepción No.3: El controlador de motores de par tendrán una capacidad nominal de corriente a plena
carga en servicio continuo, no menor que la corriente marcada en la placa de
caracteristicas del motor. En caso de
que la capacidad del motor esté marcada en watts, pero sin que se indique el
valor nominal de la corriente correspondiente, la corriente nominal
equivalente, será determinada para los valores nominates de los watts indicados
en las tablas 430-147,148,149 ó 150.
b) Rango de tension. Un arrancador con tensión determinada como 220 V o
440 V se deberá instalar únicamente para el rango, sin exceder la tensión para
el cual se tiene el arrancador. Un
arrancador con tensión dividida 120/240V ó 480/277 V será utilizado únicamente
a un circuito con tensión nominal a tierra, que no exceda la tensión nominal
del arrancador en su valor más grande.
430-84. No es necesario
interrumpir todos los conductores. No se requiere que el controlador interrumpa todos
los conductores del motor.
Excepción. Cuando el
controlador sirva también como dispositivo de desconexión, deberá interrumpir
todos los conductores vivos del motor de acuerdo con lo previsto en la sección
430-111.
430-85. En conductores puestos
a tierra. Un polo del controlador puede interrumpir un conductor puesto permanente
a tierra siempre que el controlador esté diseñado de manera que el polo en el
conductor puesto a tierra no pueda abrirse sin interrumpir simultáneamente
todos los conductores del circuito.
430-87. Número de motores
servidos por cada controlador. Cada motor estará provisto de un controlador
individual.
Excepción: Para los motores
cuyo rango sea de 600 V o menos, un solo control de capacidad nominal no menor
que la suma de los valores nominales en watts de todos los motores del grupo,
puede servir al grupo de motores bajo cualquiera de las condiciones siguientes:
a) Cuando varios motores accionen varias partes de una misma máquina o
partes de un aparato, tales como máquinas para
trabajar madera y metales, gruas, elevadores y aparatos similares.
b) Cuando un grupo de motores esté protegido por un dispositivo de
sobrecorriente, tal como se permite en la sección 430-53 (a).
c) Cuando un grupo de motores
esté instalado en el mismo local y
estén todos a la vista desde el controlador.
430-88. Motores de velocidad
regulable. Los motores de velocidad regulable controlados por
medio de un regulador de campo, estarán equipados y conectados de manera que
no puedan arrancar con campo reducido.
Excepción: Cuando están
diseñados para arrancar de esa forma.
430-89. Limitaciones de
velocidad. Las máquinas de los tipos indicados a continuación
deberán estar provistas de dispositivos limitadores de velocidad u otros medios
similares.
a) Motores de conriente
continua excitados separadamente. Los motores de corriente continua con excitación
separada.
b) Motores tipo serie.
c) Grupos motor-generador y
convertidores. Los grupos motor-generador y convertidores que
puedan ser accionados a excesiva velocidad del lado de la corriente continua,
ya sea por inversión de la corriente o por disminución de carga.
Excepción No. 1: Cuando las caracteristicas inherentes a las máquinas,
el sistema o la carga y la conexión mecánica a ella sean tales que limiten la velocidad
de forma segura.
Excepción No.2: Cuando la máquina esté siempre bajo el control manual
de un operador calificado.
430-90. Combinación de
interruptor y portafusible como controlador. La capacidad de una combinación
de interruptor y portafusible que se use como controlador, debe ser tal que el
portafusible admita el tamaño del fusible especificado en la parte C de ésta
sección, para la protección contra sobre carga de motores.
Excepción: Cuando los fusibles
sean de tiempo retardado, adecuado para las caracteristicas de arranque del
motor, se permitira usar portafusibles de menor tamaño que los especificados en
la parte C de esta sección.
430-91. Tipo de gabinete para
controlador del motor. La tabla 430-91 proporciona los datos básicos para
seleccionar el tipo de gabinete a emplear en áreas no peligrosas. Los gabinetes no son para protección contra
condensacion, congelamiento, corrosión o contaminación, que pueda ocurrir en
su interior ya sea por orificios no sellados o por la tuberia conduit.
Estas condiciones interiores del gabinete requieren una especial
consideración del instalador y usuario.
Tabla
430-91 Tabla de selección de gabinetes para controladores
de
motores.
Uso
exterior
|
|||||||
Protección
contra las siguientes
condiciones
ambientales
|
Tipo de gabinete **
|
||||||
3
|
3R
|
3S
|
4
|
4X
|
6
|
6P
|
|
Contacto casual con el
gabinete
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Lluvia
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Polvoso
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
Inundación por los
drenajes
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|||
Agentes corrosivos
|
X
|
X
|
|||||
Inmersión temporal
ocasional
|
X
|
X
|
|||||
Inmersión prolongada ocasional
|
X
|
Uso
interior
|
||||||||||
Protección contra las siguientes condiciones
ambientales
|
Tipo de gabinete **
|
|||||||||
1
|
2
|
4
|
4x
|
5
|
6
|
6P
|
12
|
12K
|
13
|
|
Contacto casual con el gabiente
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Caida de suciedad
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Caida de líquidos y goteo
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
Polvo circulante, pelusa, fibras
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|||
Polvo, pelusas y fibras asentadas
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
||
Drenes y agua que salpican
|
X
|
X
|
X
|
X
|
||||||
Aceite y filtración de líquido refrigerante
|
X
|
X
|
X
|
|||||||
Rociado aceite y refrigerante
|
X
|
|||||||||
Agentes Corrosivos
|
X
|
X
|
||||||||
Inmersión temporal ocasional
|
X
|
X
|
||||||||
Inmersión prolongada
ocasional
|
X
|
** El tipo de cubierta debe ser
registrada en la cubierta del controlador del motor.
H.
Centro de control de motores
430-92. General. La parte H
se refiere a los centros de control de motores instalados para el control de
motores, sistemas de alumbrado y circuitos alimentadores a otros dispositivos
eléctricos.
Un centro de control de motores es un ensamble de uno o más secciones
de gabinetes que cuentan con una barra común de alimentación y que
principalmente estan formados con unidades o secciones de controladores de
motores.
430-94. Protección contra
sobrecorriente. Los centros de control de motores contarán con
una protección de sobrecorriente de acuerdo con el articulo 240, basado en el
rango de la capacidad total de las barras comunes de alimentación a todas las
secciones. Esta proteccion se debe
proveer ya sea por: (1) un dispositivo de protección de corriente inversa ó (2)
un dispositivo de protección contra sobrecorriente localizado dentro del centro
de control del motor.
430-95. Equipo en la
alimentación. Cuando se usen como equipo de servicio, cada centro
de control de motores, estará provisto de un dispositivo interruptor principal
para desconectar todos los conductores activos.
Excepción: Un segundo
dispositivo desconectador podrá instalarse para alimentar a equipos
adicionales.
Para la conexión del neutro del sistema de alimentación el centro de
control de motores llevará instalada una barra a todo lo largo de los gabinetes
o secciones que lo conforman y las dimensiones de la barra estarán de acuerdo
con la sección 250-79 (d), debiendo tener una sección para conectar los
conductores del neutro y la otra para poner a tierra el centro de control de
motores.
430-96 Puesta a tierra. Las
diferentes secciones de un centro de control de motores serán puestas a tierra
una contra otra mediante un sistema de conexión a tierra del equipo o mediante
una barra de puesta a tierra cuyas dimensiones estarán de acuerdo con la tabla
250-95. Los conductores de puesta a
tierra de los diferentes equipos, se conectaran en la barra de puesta a tierra,
que estara instalada a todo lo largo de la secciones que conforman el centro de
control de motores.
430-97. Barras principales y
conductores.
a) Soportes y arreglo. Las barras conductoras deberán protegerse
contra daño mecánico mediante un firme sistema de sujeción, asi mismo las
barras conductoras verticales que alimentan las secciones verticales. También se incluye los conductores para
interconexiones y cables de control de una sola sección.
Excepción: Los conductores
podrán instalarse a lo largo del centro de control de motores y en sus
secciones verticales, cuando estos conductores se coloquen con barreras de
aislamiento que lo separen de las barras conductoras.
b) Arreglo de las fases. En un sistema de 3 hilos el
arreglo de las fases será A,B,C, visto del frente hacia atras, de arriba hacia
abajo o de izquierda a derecha.
Excepción: Se permitirá un
arreglo de fases de C, B, A, en los centros de control de motores de doble
frente. (Montaje frontal y posterior de
sección) pero debera identificarse y marcarse adecuadamente este arregio en el
gabinete.
c) Espacios mininos para cableados. Este espacio mínimo en las
terminales del centro de control de motores estará de acuerdo con lo indicado
en la sección 373.
d) Espaciamiento. La
distancia entre las barras espaciadores del centro de control de motores y sus
partes metálicas no deberán ser menor de las distancias indicadas en la tabla
430-97.
e) Separadores aislantes. Deberán ser instalados en las alimentaciones del centro de control de
motores para aislar las barras conductoras y sus terminales del resto del
centro de control de motores.
Tabla
430-97 Distancias minimas entre barras y partes metálicas
Polaridad opuesta cuando
sea montada en la misma superficie
|
Polaridad opuesta cuando
sea suspendida en el aire
|
Partes vivas a tierra
|
|
No mayor a 125 V
|
19 mm
|
12 mm
|
12 mm
|
No mayor a 250 V
|
31 mm
|
19 mm
|
12 mm
|
No mayor a 600 V
|
51 mm
|
25 mm
|
25 mm
|
430-98. Identificación.
a) Los centros de control de
motores estaran identificados y registrados de acuerdo a lo señalado en la
Sección 120-18. Dicha identificación sera plenamente
visible después de la instalación e incluirá el valor de la capacidad de las
barras conductoras y el valor de la corriente de corto circuito para lo que fue
diseñado.
b) Unidades de control de
motores. El controlador instalado en una sección del centro de control de
motores debera cumplir con lo indicado con la sección 430-8.
I.
Medios de desconexión
430-101. Generalidades. Las disposiciones de esta sección están destinadas a requerir los
medios de desconexión de motores y controles de los circuitos que los
alimentan.
Nota 1: Ver Diagrama 430-1.
Nota 2: Ver la Sección 120-18
para identificación de los medios de desconexión.
430-102. Localización.
a) Control. Un medio de desconexión deberá ser instalado a la
vista desde la posición del control y deberá desconectar a éste.
Excepción No. 1: Un solo medio de desconexión individual puede
instalarse al lado de un grupo de controles coordinados, de una maquina de
proceso continuo con varios motores.
b) Motor. Un medio de desconexión debera ser ubicado a la
vista desde la localización del motor y su control.
Excepción: Cuando el medio de
desconexión indicado en la sección 430-102 (a) sea suceptible de ser bloqueado
en la posición de abierto.
430-103. Operación. Los medios de desconexión deberán abrir todos los conductores aislados
de alimentación y no deberan permitir que una fase o polo pueda ser operado en
forma independiente. Los medios de
desconexión pueden estar en el mismo gabinete del controlador.
Nota: ver la sección 430-113 para equipos que reciben energia de más
de una fuente.
430-104. Indicadores de
posición. Los medios de desconexión deberán tener claramente indicado si están
en la posición de abierto o cerrado.
430-105. Conductores puestos a
tierra. Uno de los polos de un medio de desconexión puede desconectar el conductor
de puesto a tierra, siempre que este polo no pueda abrirse sin desconectar
simultáneamente todos los conductores del circuito.
430-106. Interruptor de
acometida como medio de desconexión. Si la instalación consiste de un solo motor, el
interruptor de acometida puede servir como medio de desconexión siempre que
esté de acuerdo con las disposiciones de esta Sección y esté a la vista desde
el lugar del controlador.
430-107. Fácilmente
accesible. Uno de los medios de desconexión debe ser fácilmente
accesible.
430-108. Cumplimiento que
deberán tener todos los interruptores. Todos lo medios de desconexión en el circuito de un
motor o de un grupo de motores, entre el punto de unión al circuito alimentador
y el punto de conexión al motor o al grupo, deberán cumplir con las
especificaciones de las secciones 430-109 y 430-110.
430-109. Tipos de medios de desconexión. Los medios de desconexión deberán ser uno de los siguientes tipos: Un
interruptor de cuchillas con capacidad nominal en caballos de fuerza o un
interruptor termomagnetico abierto o en caja, con o sin protección térmica y
magnética.
Excepción No. 1: Para motores estacionarios de 93.25 W (1/8 Hp) o
menos, el dispositivo de protección contra sobrecorriente del circuito derivado
que lo alimenta, puede servir como medio de desconexión.
Excepción No. 2: Para los motores estacionarios de 1492 W (2 Hp) o
menos y 300 V o menos, el medio de desconexión puede ser un interruptor de uso
general que tenga una capacidad en amperes no menor de dos veces la corriente
nominal a plena carga del motor. En
circuitos de corriente altema, se podra tener interruptores de cuchillas de uso
general accionados con resorte (que no sean también para corriente continua),
para desconectar un motor de 1492 W (2 Hp) o menos y de 300 V o menos, con una
corriente nominal a plena carga que no exceda el 80% de la capacidad nominal en
amperes del interruptor.
Excepción No. 3: Para motores de más de 1492 W (2 Hp) y hasta 74.6 kW
(100 Hp) inclusive, el medio de desconexión separado requerido para un motor
con controlador del tipo autotransformador podrá ser un interruptor de uso
general cuando se cumplan todas las disposiciones indicadas a continuación:
a) El motor acciona un
generador que está provisto de protección contra sobrecarga.
b) El controlador: (1) es capaz
de interrumpir la corriente de rotor
bloqueado del motor, (2) esta provisto de un relé de no tensión, (3) está provisto de protección
contra sobrecarga del motor en no
más del 125% de la corriente nominal a plena carga del motor.
c) El circuito derivado del motor esta provisto de fusibles
individuales o de un interruptor termomagnetico de tiempo inverso con capacidad
o ajuste no mayor del 150% del valor de la
corriente a plena carga del motor.
Excepción No. 4: Para motores estacionarios de mas de 29.84 kW (40 Hp)
de corriente directa o de 74.6 kW (100 Hp) o más de corriente alterna, se puede
utilizar como medio de desconexión un interruptor de uso general o un
interruptor aislado siempre que tenga la leyenda "No operar con
carga".
Excepción No. 5: Para motores hasta de 746 W (1 Hp) conectados con
cable y enchufe, la capacidad de ésta y del tomacorriente al que se va a
conectar no deberán ser menores a la capacidad en amperes del motor,
permitiéndose usarse como medio de desconexión.
No se requerirá marcar la capacidad en watts para el cable y enchufe de acuerdo
con la sección 422-22, para equipos de aire acondicionado tipo paquete en
habitaciones u oficinas de acuerdo con la sección 440-63 para un motor portátil
de 248.66 W (1/3 Hp) o menos.
Excepción No. 6: Para motores de alto par, el medio de desconexión
puede ser un interruptor de uso general.
Excepción No. 7: Se debe permitir un interruptor termomagnético como
medio de desconexión como parte de una combinación de motor y controlador.
430-110. Capacidad nominal e
interruptiva.
a) Generalidades. Los medios de desconexión para circuitos de motores
de voltaje nominal de 600 V o menos, deberán tener una capacidad en amperes no
menor al 115% de la corriente a plena carga del motor.
b) Motores de alto par. Los medios de desconexión del circuito de un motor
de alto par de arranque deberán tener una capacidad nominal, expresada en
amperes, no menor que el 115 % de la corriente a plena carga del motor.
c) Cargas combinadas. Cuando dos o más motores se utilizen juntos o
donde uno o mas motores sean utilizados en combinación con otras cargas tales
como resistencias calentadoras u otras cargas, cuando la carga combinada pueda
estar conectada sobre un solo medio de desconexión, la capacidad nominal en
watts y la capacidad de corriente de la carga combinada se determinara como
sigue:
1) La capacidad nominal de los medios de desconexión se determinará en
base a la suma de todas las corrientes,
incluyendo las cargas de resistencias, en la situación de plena carga y también en la de rotor bloqueado. La
suma de las corrientes de plena carga y la de rotor bloqueado, se considerarán
como si correspondieran a un motor unico para los fines de este requisito, de
la manera siguiente:
La corriente de plena carga equivalenté a la capacidad nominal en
watts de cada motor debe seleccionarse en las tablas 430-148, 430-149 ó
430-150. Estas corrientes de plena carga se sumarán a la corriente nominal en amperes de las
otras cargas, para asi obtener la corriente equivalente a plena carga de la
carga combinada.
La corriente de rotor bloqueado equivalente a la capacidad en watts de
cada motor debera seleccionarse en la tabla 430-151.
Las corrientes de rotor bloqueado se sumarán a la capacidad nominal en
amperes de las otras cargas, para asi obtener la corriente equivalente de rotor
bloqueado para la carga combinada.
Cuando dos o más motores o la combinación de motores y otras cargas, no puedan arrancarse simultaneamente,
se podrá usar la combinación apropiada de corriente de plena carga y de
rotor bloqueado para determinar la
corriente equivalente de rotor bloqueado para estas cargas combinadas.
Excepción: Cuando una parte de
la carga considerada es resistiva y el medio de desconexión sea un interruptor
con capacidad nominal expresada en watts y amperes, el interruptor utilizado
debera tener un rango en watts no menor que la carga combinada del (los) motor
(es), si el rango en amperes del interruptor no es menor a la suma de la
corriente de rotor bloqueado del (los) motor (es) mas la carga resistiva.
2) La capacidad de corriente de los medios de desconexión no debe ser
menor que el 115 % de la suma de todas las corrientes de plena carga
determinadas de acuerdo con (d) (1) anterior.
3) Para motores pequeños no
considerados en las tablas 430- 147, 430-148 ó 430-150, la corriente de rotor
bloqueado deberá considerarse igual a seis veces la corriente de plena carga.
430-111. Desconectador o
interruptor automdtico usado como medio de desconexión y como controlador. Un
desconectador (interruptor de cuchillas) o un interruptor automático que cumpla
con las disposiciones de la sección 430-83 puede ser utilizado a la vez como
medio de desconexión y como controlador, siempre que interrumpa todos los
conductores vivos del motor que esta protegido y contar con el dispositivo de
sobrecorriente (que pueden ser los fusibles del circuito derivado), y que sea
uno de los tipos siguientes:
a) Interruptor en aire. Interruptor en aire accionado manualmente.
b) Un interruptor termomagnetico de tiempo inverso. Un interruptor termomagnetico de tiempo inverso
accionado manualmente.
c) Interruptor en aceite. Un interruptor en aceite usado
en un circuito que no exceda de 600 V ó 100 A, o por permiso especial en un
circuito que no exceda esta capacidad bajo supervision de expertos.
El interruptor en aceite mencionado anteriormente puede ser de
potencia y operado manualmente.
El dispositivo de protección contra sobrecorriente que protege el
controlador puede ser parte de éste o bien estar separado.
Un controlador tipo autotransformador debe estar provisto con medios
de desconexión separados.
430-112. Motores con un solo
medio de desconexión. Cada motor deberá estar provisto de un medio de
desconexión individual.
Excepción: Un solo medio de
desconexión puede servir a un grupo de motores bajo cualquiera de las
condiciones siguientes:
a) Cuando varios motores accionan varias partes de una misma máquina o
partes de un aparato, tales como máquinas para
trabajar madera y metales, gruas y elevadores de carga.
b) Cuando un grupo de motores está protegido como un conjunto de
dispositivos de protecicón contra sobrecorriente, tal como se permite en la
sección 430-53 (a).
c) Cuando un grupo de motores esté instalado en el mismo local y todos estén a la vista desde los medios
de desconexión.
430-113. Energia de más de una
fuente. Motores y equipos operados por motores de energia eléctrica de más de
una fuente, deberán estar provistos de medios de desconexión separados de cada
fuente.
Excepción No. 1: Si un motor recibe energia eléctrica de más de una
fuente, el medio de desconexión para la fuente principal que alimenta el motor
no necesariamente tiene que estar adyacente al motor, siempre que el medio de
desconexión del controlador pueda bloquearse en la posición de abierto.
Excepción No. 2: No se requerira un medio de desconexión separado para
circuitos de control remoto clase 2 de acuerdo con el Artículo 725, que no sea
de más de 30 V, y que esté aislado y no puesto a tierra.
K.
Protección de las partes vivas para todas las tensiones
430-131. Disposiciones
generales. La sección K especifica que todas las partes
vivas deberán estar protegidas en forma adecuada al potencial aplicado.
430-132. Donde se requiere. Las partes
vivas al descubierto de motores y controles que funcionan a 50 V o mas entre terminales,
deberán ser resguardadas contra contacto accidental mediante una cubierta o por
su ubicación, como sigue:
a) En un local. Por su instalación en un local que sea
accesible exclusivamente a personal calificado.
b) En una estructura o plataforma. En una galeria o sala de máquinas, estructuras o plataformas a una
altura y con una disposición tal que su acceso sea sólo posible a personal
calificado.
c) Elevacion. Por elevación
sobre el nivel del piso, a 2.40 metros o más.
Excepción: Los motores estacionarios
que tienen connutadores colectores y escobillas ubicados dentro del motor y no
conectados a circuitos de alimentación que funcionen a más de 150 V con
respecto a tierra.
430-133. Resguardos para operadores. Cuando las partes vivas de los motores o de
sus controles que operan a más de 150 V con respecto a tierra, estan
resguardadas contra contacto accidental tan sólo por su ubicación en la forma
especificada en la sección 430-132 y
cuando durante su operación pudiera ser necesario el ajuste u otra tensión del
aparato, se deberán colocar tarimas o plataformas convenientemente aisladas, de
forma que el operador del aparato no pueda tocar las partes vivas sino cuando
se encuentre sobre la tarima o plataforma aislada.
L.
Puesta a tierra para todas las tensiones
430-141. Disposiciones generales. Las disposiciones de esta sección especifican
la puesta a tierra de las partes metálicas no conductoras de motores y de sus
controles para impedir una tensión más elevada que con respecto a tierra, en el
caso de un contacto accidental entre las partes vivas y los armazones y/o
gabinetes. El aislamiento eléctrico,
separación o resguardos son altemativas adecuadas de la puesta a tierra de
motores en ciertas condiciones.
430-142. Motores estacionarios. Las armazones de los motores estacionarios se conectarán a tierra
cuando exista cualquiera de las condiciones siguientes: (1) si están
alimentados por conductores contenidos en canalizaciones metalicas; (2) si
están ubicados en lugares húmedos y no
están aislados o resguardados, (3) si estan instalados en lugares clasificados
como peligrosos como se menciona en los articulos 500 a 517; (4) si el motor
funciona con cualquier terminal a más de 150 V con respecto a tierra.
Si la armazón del motor no está puesto a tierra debera aislarse
permanente y efectivamente de tierra.
430-143. Motores
portátiles. Las armazones de los motores portatiles que
funcionan a más de 150 V con respecto a tierra deberán estar resguardadas o
puestas a tierra.
Nota 1: Véase la sección 250-45 (d) para la puesta a tierra de aparatos portátiles en locales que no sean
residenciales.
Nota 2: Véase la sección 250-59 (b) para el color del aislamiento del
conductor de puesta a tierra.
430-144. Controles. Las cubiertas o gabinetes de los controles se conectaran a tierra
cualquiera que sea su voltaje de operación. Deberán tener como medio de
conexión una terminal de conductor de puesta a tierra del equipo de acuerdo con
la sección 250-113.
Excepción No. 1: Las cubiertas o gabinetes fijados a equipos
portátiles no puestos a tierra.
Excepción No. 2: Las tapas o placas de apagadores tipo balancin o de
palanca.
430-145. Método de puesta a
tierra. Donde sea necesaria la puesta a tierra se hará de la manera
especificada en el Articulo 250.
a) Puesta a tierra por medio de
las cajas de terminales. Cuando el alambrado a motores fijos sea hecho dentro
de canalizaciones metalicas o utilizando cable con cubierta metalica, se
instalarán cajas de conexiones para alojar terminales del motor y el blindaje
de los cables o las canalizaciones metálicas se conectará a ellas como se
especifica en el Artículo 250.
Véase la sección 430-12 e) para medios de puesta a tierra en las cajas
de terminales del motor.
b) Separación entre la caja de empalmes y el motor. La caja de empalmes a que se refiere el inciso anterior podra tener
una separación con el motor no mayor de 1.80 metros, siempre que los
conductores terminales que van al motor sean cable tipo AC, cordón armado o
conductores trenzados dentro de tubos metálicos flexibles herméticos a los
liquidos, tubos no metálicos, tubos metálicos flexibles, tubos rigidos
metálicos de tamaño comercial no menor de 9 mm, conectándose la armadura del
cable o la canalización, tanto a la caja como al motor.
Cuando se utilicen conductores terminales trenzados protegidos como se
especifica antes, no tendrán una sección nominal transversal mayor de 5.260 mm2
y deberán cumplir con los otros requisitos de esté codigo para conductores para
canalizaciones.
Las tuberias flexibles a prueba de liquidos o rigidas no metálicas se
permitirán para conducir las terminales al motor siempre que el conductor de
tierra esté conectado a ambos, el motor y la caja.
c) Puesta a tierra de los dispositivos instalados en el
controlador. Los secundarios de transformadores de instrumentos,
las partes metalicas descubiertas que no conducen corriente u otras partes
conductoras o cajas de transformadores de instrumentos, medidores y
relevadores, serán puestos a tierra como se especifica en las secciones 250-121
a 250-125.
Tabla
430.147 Corriente a plena carga en amperes, de motores
de
corriente directa
KW
|
(Hp)
|
Tensión Nominal
de armadura
|
||
120V
|
240V
|
500V
|
||
0.186
|
(1/4)
|
3.1
|
1.6
|
|
0.248
|
(1/3)
|
4.1
|
2.0
|
|
0.373
|
(1/2)
|
5.4
|
2.7
|
|
0.560
|
(3/4)
|
7.6
|
3.8
|
|
0.746
|
(1)
|
9.5
|
4.7
|
|
1.12
|
(1 1/2)
|
13.2
|
6.6
|
|
1.49
|
(2)
|
17.0
|
8.5
|
13.6
|
2.23
|
(3)
|
25.0
|
12.2
|
18.0
|
3.73
|
(5)
|
40.0
|
20.0
|
27.0
|
5.59
|
(7 1/2)
|
58.0
|
29.0
|
34.0
|
7.46
|
(10)
|
76.0
|
38.0
|
43.0
|
11.2
|
(15)
|
55.0
|
51.0
|
|
14.92
|
(20)
|
72.0
|
67.0
|
|
18.65
|
(25)
|
89.0
|
83.0
|
|
22.38
|
(30)
|
106.0
|
99.0
|
|
29.84
|
(40)
|
140.0
|
123.0
|
|
37.3
|
(50)
|
173.0
|
164.0
|
|
44.76
|
(60)
|
206.0
|
205.0
|
|
55.95
|
(75)
|
255.0
|
246.0
|
|
74.60
|
(100)
|
341.0
|
330.0
|
|
93.25
|
(125)
|
425.0
|
||
112.00
|
(150)
|
506.0
|
||
149.20
|
(200)
|
675.0
|
Los valores dados en esta tabla son para motores funcionando a su
velocidad normal.
Los siguientes valores de corriente a plena carga son para motores que funcionen a velocidades normales
y con caracteristicas de par también
normales. Los motores de velocidad
especialmente baja o de alto par motor pueden tener corrientes a plena carga
mayores, y los de velocidades multiples tendrán una corriente a plena carga que
varia con la velocidad; en estos casos debe usarse la corriente a plena carga
indicada en la placa de datos.
Tabla
430.148 Corriente a plena carga en amperes, de motores
monofásicos
de corriente alterna
W
|
Hp
|
120 V
|
240 V
|
124.33
|
1/6
|
4.2
|
2.1
|
186.5
|
1/4
|
5.6
|
2.8
|
248.66
|
1/3
|
6.9
|
3.4
|
373
|
1/2
|
9.4
|
4.7
|
559.5
|
3/4
|
13.2
|
6.6
|
746
|
1
|
15.3
|
7.7
|
112
|
1 1/2
|
19.1
|
9.6
|
1492
|
2
|
23.0
|
11.5
|
2238
|
3
|
32.6
|
16.2
|
3730
|
5
|
53.7
|
26.8
|
5595
|
7 1/2
|
76.7
|
38.3
|
7460
|
10
|
95.8
|
47.9
|
Tabla
430.150 Corriente a plena carga de motores trifásicos
de
corriente alterna
KW
|
(C.P.)
|
Motor de inducción de
jaula de ardilla y rotor devanado (A)
|
Motor síncrono, con factor de potencia unitario
(A)
|
|||
120 V
|
240 V
|
480 V
|
240 V
|
480 V
|
||
0.373
0.560
0.746
1.12
1.492
2.23
3.73
5.59
7.46
11.19
14.92
18.65
22.38
29.84
37.3
44.76
55.95
74.60
93.25
112.00
149.20
|
(1/2)
(3/4)
(1)
(1 1/2)
(2)
(3)
(5)
(7 1/2)
(10)
(15)
(20)
(25)
(30)
(40)
(50)
(60)
(75)
(100)
(125)
(150)
(200)
|
3.8
5.4
6.9
9.9
13.0
|
1.9
2.7
3.5
4.9
6.5
9.2
14.6
21.1
26.8
40.2
51.7
65.2
76.7
99.7
124.6
147.6
184.0
237.7
299.0
345.0
460.0
|
0.9
1.3
1.7
2.5
3.3
4.6
7.3
10.5
13.4
20.1
25.9
32.6
38.3
49.8
62.3
73.8
92
118.8
149.5
172.5
440.8
|
50.8
60.4
79.5
99.7
117.9
148.5
193.6
242.5
289.4
383.3
|
25.4
30.2
39.8
49.8
58.9
74.3
96.8
121.2
144.7
191.7
|
Estos valores de corriente a plena carga son para motores que
funcionen a velocidades normales para transmisión por banda y con
caracteristicas de par tambien normales. Los motores de velocidad especialmente
baja o de alto par motor pueden tener corrientes a plena carga mayores, y los
de velocidades múltiples tendrán una corriente a plena carga que varía con la
velocidad; en estos casos debe usarse la corriente a plena carga indicada en la
placa de datos.
Tabla 430-151. Tabla de conversión de corriente a rotor bloqueado para
la selección, controles y medios de desconexión de acuerdo con la tensión nominal y capacidad de
potencia en KW Para ser utilizada solamente
con las secciones 430-110, 440-12,
y 440-41.
Número máximo de KW
|
Número máximo de (Hp)
|
Monofásico
|
Dos o tres fases
|
|||
120 V
|
240 V
|
120 V
|
240 V
|
480 V
|
||
0.373
0.560
0.746
1.12
1.49
2.23
3.73
5.60
7.46
11.2
14.92
18.65
22.38
29.84
37.30
44.76
55.95
74.60
93.25
112.00
149.20
|
(1/2)
(3/4)
(1)
(1 1/2)
(2)
(3)
(5)
(7 1/2)
(10)
(15)
(20)
(25)
(30)
(40)
(50)
(60)
(75)
(100)
(125)
(150)
(200)
|
56.4
79.4
92
115
138
195.5
322
460
575
|
28.2
39.7
46
57.5
69
97.8
161
230
287.5
|
23
32.2
41.4
59.4
77.62
|
11.5
16.1
20.7
29.7
38.8
55.6
87.2
126.5
161
241.5
310.5
391
460
598
747.5
885.5
1104
1426
1794
2070
2760
|
5.8
8.1
10.4
14.8
19.4
27.8
43.6
63.2
80.5
120.8
155.3
195.5
230
299
374
443
552
713
897
1035
1380
|
* Estos valores de
corriente a rotor bloqueado, son aproximadamente seis veces los valores de
corriente de plena carga dados en las Tablas 430-148 y 430-150.
Tabla
430-152. Máximo rango o ajuste para el dispositivo de
protección
contra corto circuito y falla a tierra del circuito
derivado
del motor.
Tipo de motor
|
Porciento de la corriente a plena
carga
|
|||
Fusible sin retardo de tiempo
|
Fusible de dos elementos
(con retardo de tiempo)
|
Interruptor
termomágnetico
|
Interruptor termomagnético de tiempo inverso
|
|
Motores monofásicos de los tipos sin letra
de código.
|
300
|
175
|
700
|
250
|
Todos los motores de CA
monofásicos, polifásicos, de jaula de ardilla y síncronos ** de
arranque a tensión plena con resistencias o reactores sin letra de código.
|
300
|
175
|
700
|
250
|
Letra de código
F a V
B a E
A
|
300
250
150
|
175
175
150
|
700
700
700
|
250
200
150
|
Todos los motores de CA
de jaula de ardilla y síncronos con arranque por autotransformador: No más de
30 A sin letra de código.
|
250
|
175
|
700
|
200
|
Más de 30 A sin letra de
código.
|
200
|
175
|
700
|
200
|
Letra de código
F a V
B a E
A
|
250
200
150
|
175
175
150
|
700
700
700
|
200
200
150
|
Motores de jaula de
ardilla de alta reactancia: No más de 30 A sin letra de código.
|
250
|
175
|
700
|
250
|
Más de 30 A sin letra de código
|
200
|
175
|
700
|
200
|
Tabla
430-152 (Continuación).
Tipo de motor
|
||||
Fusibles sin retardo de tiempo
|
Fusibles de dos elementos (con retardo de tiempo)
|
Interruptor termomagnético instantáneo
|
Interruptor termomagnético de tiempo inverso *
|
|
Motores de rotor devanado, sin letra de
código.
|
150
|
150
|
700
|
150
|
Motores de CD (voltaje constante). No
mayores de 37.3 KW (50 Hp) sin letra de código.
|
150
|
150
|
250
|
150
|
Más de 37.3
KW (50 Hp) sin letra de código.
|
150
|
150
|
175
|
150
|
* Los valores dados en las
últimas columnas comprenden también las capacidades de los tipos no ajustables
de tiempo inverso, los cuales pueden modificarse también como se indica en la
sección 430-52.
** Los motores sincronos de
bajo par de arranque y baja velocidad
(comunmente 450 RPM o menos), como son los empleados para accionar
compresores reciprocantes, bombas, etc., que arrancan en vacío, no requieren una capacidad de fusible o ajuste mayor que
el 200% de la corriente a plena carga.
Para la explicación de las letras de código véase la tabla 430-7 (b).
Para ciertas excepciones a los valores especificados, véase las
secciones 430-52 hasta 430-54.
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